Reciben primera lectura diversas iniciativas de reformas

En sesión ordinaria de la Diputación Permanente, se le dio lectura a la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para la realización de la Consulta Previa de los Pueblos y Comunidades Indígenas, en la que se exhorta a discutir aquellas iniciativas que sobre los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas hayan presentado los diversos grupos parlamentarios existentes al interior de la LXI Legislatura.
Recomienda incluir la participación de los pueblos y comunidades indígenas en las consultas y se integre a las Organizaciones de la Sociedad Civil e instituciones académicas durante el procedimiento legislativo, además precisa que la recomendación es de carácter general, de acuerdo con lo previsto en la Carta Magna así como en la propia Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos; que es de carácter pública y se emite con el propósito de que se promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones normativas y prácticas administrativas que contribuyan o propicien violaciones a los derechos humanos.
Precisa finalmente, que con base en el mismo fundamento jurídico que las Recomendaciones Generales no requieren de aceptación por parte de las instancias destinatarias.
De la misma forma, se conoció la recomendación del mismo ente, en la que señala la obligación del Estado de garantizar el derecho a la reinserción social efectiva, no concluye cuando la persona sale de la prisión, o compurga una pena o cumple la sanción, sino que adquiere un nuevo sentido una vez que está fuera de ella. Por ello, debe asegurarse que posteriormente pueda ejercer plenamente sus derechos, ejerza su libertad, su realización personal y la de su familia con un enfoque de prevención social.
“Por tanto y en cumplimiento al mandamiento constitucional, en un Estado democrático de derecho, no puede bajo esa visión justificarse la relajación del principio de legalidad, la limitación de los derechos de ciertos ciudadanos y la violación al principio de la no trascendencia de la pena, sino por el contrario, en salvaguarda del principio pro-persona, se deben favorecer los derechos de aquéllos que buscan una nueva oportunidad, garantizando la no discriminación y estigmatización de las personas que tras haber cumplido su pena, puedan gozar plenamente de sus derechos fundamentales”.
Ante ello, plantea:
PRIMERO. Debe privilegiarse el derecho a la reinserción social efectiva como un derecho exigible que permita que las personas que han egresado de prisión tas haber cumplido su sentencia, no sean estigmatizados y se les ofrezca la oportunidad de vivir en igualdad como un miembro más de la comunidad, siendo uno de los elementos clave para ello, el que se protejan sus datos personales.
SEGUNDO. Deben cancelarse de oficio los antecedentes penales de todas las personas independientemente de la gravedad de delito por el que se les condenó.
TERCERO. Debe reformarse el artículo 27, fracción V, inciso G) de la Ley Nacional de Ejecución Penal a fin de que la cancelación de los antecedentes penales se lleve a cabo en todos los casos, sin excluir ningún tipo de delito, a efecto de que se garantice la reinserción social efectiva.
CUARTO. Debe modificarse el inciso B) de la fracción IV, del citado artículo, de tal forma que no se pueda extender a terceros la potestad de conocer o solicitar antecedentes penales, como condicionante para el accedo de algún derecho.
QUINTO. Debe generarse la armonización normativa que brinde protección a los datos personales sensibles de las personas, a fin de que pueda asegurarse su derecho a la no discriminación y el derecho a contar con un proyecto de vida, el cual no se vea limitado sólo por tener antecedentes penales.
SEXTO. El Estado mexicano debe generar el marco normativo para proteger y garantizar el principio de presunción de inocencia, elaborando los protocolos correspondientes para establecer restricciones a la difusión de datos e información de personas vinculadas con algún proceso penal que los estigmatice en menoscabo de su integridad, su derecho a la privacidad personal y familiar y, al ejercicio de su proyecto de vida.
SÉPTIMO. Se deben establecer protocolos para desindexar los datos sobre antecedentes penales de los motores de búsqueda públicos, a fin de limitar el acceso de éstos únicamente para fines estadísticos, de prevención e investigación de delitos, sin que puedan asociarse los datos personales o familiares con el individuo a quien se refieran.
OCTAVO. El Estado mexicano debe participar en el intercambio de buenas práct9icas sobre protección del derecho a la privacidad en los medios electrónicos y digitales, tanto a nivel nacional como internacional, buscando privilegiar el derecho a la no estigmatización de las personas, así como su derecho a la reinserción social efectiva.
NOVENO. Es relevante sensibilizar a la sociedad con información difundida por instancias defensoras de los derechos humanos y organizaciones de la soc8iedad civil, sobre la importancia de la reinserción social efectiva para todas las personas con el fin de acceder a una nueva oportunidad de vida en libertad.
Por otra parte, se dio primera lectura a la iniciativa del Diputado Jesús Trinidad Osuna Lizárraga, del Partido Revolucionario Institucional, para adicionar un artículo 99 Bis a la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa, en el que se plasme que la educación inicial proteja a abuelas y abuelos de los trabajadores, cuando la madre adolescente curse su educación básica, para evitar la deserción escolar.
Además propone que se inserte el artículo 99 Bis A, a fin de que la educación inicial brinde atención a todos los niños y niñas y en participar, a los grupos vulnerables como indígenas o migrantes.
Señala que la educación inicial es concebida como un derecho para garantizar el óptimo desarrollo de la niñez, a través de una atención oportuna y una educación de calidad que responsa a todas sus necesidades, toda ve< que sus experiencias en los tres primeros años de vida son fundamentales para el desarrollo y establecimiento de los aprendizajes.
Otra de las iniciativas que conoció la Diputación Permanente, fue la presentada por las Diputadas Karen Angely Alarcón Meza, Renata Cota Álvarez, y los Diputados Marín Pérez Torres, Francisco Solano Urías, entre otros, para que se expida la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Sinaloa, misma que tiene por objeto establecer las bases, normas, principios, fases, jerarquía y nivel de organización que orientarán la planeación estatal para el desarrollo de Sinaloa.
De acuerdo al documento, en este proyecto se establecen las bases, normas y principios conforme a los cuales el proceso de planeación deberá atender a los postulados y objetivos plasmados en la Carta Magna, en la Constitución Local y en la demás legislación aplicable.
Asimismo, las bases para la integración y adecuado funcionamiento del Sistema Estatal de Planeación Democrática; los fundamentos para coordinar y hacer compatibles las actividades de planeación estatal y municipal con la Nacional; las normas y principios fundamentales que ordenarán la planeación del desarrollo social, económico, territorial, político y cultural en la entidad; las bases para que el Poder Ejecutivo del Estado coordine las actividades de planeación con la Federación y los Municipios de Sinaloa, y en su caso con el de otras entidades federativas.
Más adelante incluye las normas y responsabilidades de los servidores públicos relativas al cumplimiento de principios de la planeación, la observancia obligatoria de sus planes y programas, así como de los objetivos, metas y acciones que se consideren.
Este proyecto de ley consta de Cincuenta y un Artículos Naturales así como de Siete Artículos Transitorios y se remitió a la Secretaría para su segunda lectura de Reglamento.
En otro orden, se conoció la iniciativa de adición de un párrafo tercero al Artículo 110 y se adiciones el Artículo 150 Bis, a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, de la autoría del ciudadano Francisco Cuauhtémoc Frías Castro.
Señala que en la Carta Magna se conceptualiza a la democracia como “un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”. Más específico, dice, e n nuestro país tenemos una democracia representativa, explicada ésta como la elección por parte de los ciudadanos de determinados representantes para la toma de las decisiones políticas fundamentales.”
Bajo ese argumento, el iniciador reconoce que la participación ciudadana se ha limitado en nuestro contexto, “básicamente a la elección de los representantes populares el día de los comicios, participación ciudadana que por sí misma es insuficiente al ser el único canal para incidir en la conformación del gobierno y en su funcionamiento, carece de la credibilidad suficiente que legitime el actuar de cualquier representante popular electo, ya que existe una instancia intermedia, que antepone intereses facciones y cupulares a los colectivos, entre los gobiernos y los ciudadanos: los partidos políticos.
Así, propone la adición de un tercer párrafo al artículo 110, que diría así:
“Artículo 110. . .
. . .
Asimismo, para efectos político-administrativos las zonas urbanas de los Municipios se dividirán en Colonias, que tendrán un representante electo democráticamente por los vecinos. A su vez, las zonas rurales permanecerán organizadas según lo dispone la ley correspondiente, y su representante para estos efectos será el designado por la Junta de Pobladores”.
La propuesta del Artículo 150 BIS dice así:
“Artículo 150 Bis. El Mecanismo de Participación Ciudadana para el Desarrollo de Sinaloa, es un documento vinculatorio producto de la consulta directa a los ciudadanos sinaloenses con domicilio en el Estado, sobre las necesidades preponderantes en la demarcación territorial donde habitan.
El insumo para el mecanismo será la consulta que realice el Instituto electoral del Estado de Sinaloa, mediante el procedimiento que la Ley establezca, en las colonias de las ciudades, así como en villas, pueblos y rancherías de Sinaloa.
En la consulta se obtendrá información de los ciudadanos sobre las necesidades consideradas más apremiantes, que sean competencia del Poder Ejecutivo, y cuyo resultado formará parte obligatoriamente del plan Estatal de Desarrollo. La consulta se realizará dos veces en cada administración, la primera al inicio de ésta y la segunda a los tres años de haber inic9iado. Para la realización de la consulta se asignará una partida presupuestal para los años en que corresponda su celebración.”
En esta sesión, se le dio trámite legislativo a la iniciativa enviada por el alcalde y el secretario del municipio de Elota, en que solicitan autorización para afectar los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, como garantía del cumplimiento de sus obligaciones de pago por concepto de derechos y aprovechamientos de agua y derechos por descargas de aguas residuales, a partir de su incorporación a dicho programa.
Reconocen que el municipio presenta adeudos históricos ante la Comisión Nacional del Agua, lo que ha impedido participar en la ejecución de los programas que lleva a cabo dicha dependencia, dificultando el desarrollo del municipio en la prestación de mejores servicios por lo que se considera de vital importancia el adherirse al programa de Regularización del pago de Derechos y Aprovechamientos de Agua y Derechos por Descargas de Aguas Residuales, ya que de ser así, CONAGUA condona el referido adeudo histórico, debiendo únicamente cumplir con sus obligaciones a partir de 2014.
Menciona que la afectación sólo podrá llevarse a cabo cuando el municipio de Elota, a través de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, deje de cumplir con los pagos de derechos y aprovechamiento de agua y derechos por descargas de aguas residuales a que se encuentre obligado de conformidad con las disposiciones fiscales, a partir del ejercicio de 2014.
En Asuntos Generales, la Diputada María del Rosario Sánchez Zatarain, del Partido Sinaloense, realizó un posicionamiento respecto al inicio del ciclo escolar 2016-2017, mismo que en algunos lugares del país no se pudo realizar por el conflicto que existe entre la CNTE y autoridades en materia de educación, por la reforma educativa realizada a nivel federal.
Señaló que de aplicarse de manera adecuada, la reforma traería beneficios para los estudiantes, con educación de mayor calidad, motivo por el cual realizó un llamado para que desde el Congreso del Estado se exhorte a las autoridades federales y sindicales para que prevalezca el dialogo y no se afecte más a la niñez y juventud, recordando que este conflicto tuvo como saldo el que no se haya concluido el ciclo escolar pasado.
En otro tema, la Diputada Imelda Castro Castro, del Partido de la Revolución Democrática, fijó su postura ante la necesidad de que se legisle en cumplimiento y a favor de los derechos humanos, por lo que pidió que antes de que concluya el ejercicio constitucional de la LXI Legislatura, se le dé trámite a las iniciativas presentadas en torno a las modificaciones al Código Familiar que tienen que ver con matrimonio igualitario, toda vez que la defensa de los derechos humanos no debe de ser letra muerta en la entidad.
Sobre el tema, el Diputado Jesús Enrique Hernández Chávez, Presidente de la Diputación Permanente, giró instrucciones a la Secretaría General del Congreso para con las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación; de Equidad, Género y Familia, y de Derechos Humanos, se pueda ver el avance que se tiene hasta el momento sobre el tema y se proceda sobre los acuerdos que pudieran tomarse al respecto para los trabajos que pudieran realizarse por la Diputación Permanente o el Pleno de la LXI Legislatura antes de concluir su labor.