Es la asamblea en la que se deposita el ejercicio del Poder Legislativo. Tiene su residencia en la ciudad de Culiacán Rosales, capital del Estado, donde los Legisladores se reúnen para analizar, discutir, aprobar las leyes, o sus reformas, en el recinto oficial llamado también Salón de Sesiones Públicas del Palacio Legislativo.
El Congreso del Estado es el encargado de elaborar las leyes que se aplican en todo el territorio de Sinaloa. Esta importante función está encomendada a las Diputadas y Diputados locales, representantes del pueblo nombrados mediante el voto de los ciudadanos sinaloenses cada tres años para un período igual.
El conjunto de edificios que alberga al Congreso se construyó en el año de 1992, se le denomina Palacio Legislativo, se localiza al poniente de la ciudad sobre el Boulevard Pedro Infante. El principal recinto es el Salón de Sesiones, donde se reúne en asamblea el Pleno del Congreso, ahí se encuentran las curules de los Diputados, los lugares destinados al público y el Muro de Honor.
Los edificios de más recientes de construcción son el Salón de Usos Múltiples, inaugurado en noviembre del año 2000 y la Sala Audiovisual inaugurada en noviembre del año 2007.
Los legisladores del Congreso del Estado estudian y discuten los proyectos de ley que son enviados por el gobernador del Estado, los que ellos mismos hacen, o bien, los que le son entregados por ciudadanos y organizaciones sociales diversas. Una vez dictaminadas estas iniciativas de ley por las comisiones legislativas, son discutidas y aprobadas por el Pleno del Congreso. Así, se convierten en leyes, mismas que más tarde son promulgadas y publicadas en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”. Asimismo, el Congreso tiene la facultad de reformar no sólo las leyes estatales, sino también la Constitución Política del Estado de Sinaloa, para adecuarla a la cambiante y dinámica realidad económica y social que vive nuestra entidad.
Las Sesiones del Congreso podrán ser públicas, secretas, ordinarias, extraordinarias y solemnes.
Habrá sesión pública los martes y jueves de cada semana, con excepción de los días de festividad nacional, estatal y los que disponga la Cámara. Dicha sesión comenzará a las once de la mañana, a menos que el Presidente de la Cámara convoque a otra hora, pudiendo durar tres horas y podrá prorrogarse a juicio de la Cámara, dependiendo de la naturaleza de los asuntos en cartera.
Habrá sesión pública extraordinaria cuando lo juzgue conveniente el Presidente del Congreso, pudiéndose celebrar aún en los días exceptuados en el artículo anterior y comenzando a la hora que el Presidente designa.
Habrá sesión secreta, cuando existan asuntos que lo ameriten y el Presidente de la Cámara lo disponga.
Las sesiones serán solemnes, cuando así lo requieran los asuntos a tratar en las mismas o cuando así lo determine la ley.
Las sesiones de la Diputación Permanente también podrán ser públicas, secretas, ordinarias, extraordinarias y solemnes. Habrá sesión pública el día martes de cada semana, con excepción de los días inhábiles. Las sesiones secretas se realizarán cuando existan asuntos que así lo ameriten a juicio de su Presidente.
Esta Legislatura funciona como tal durante tres años, cambiando de número romano en orden progresivo. Actualmente está ejerciendo esta responsabilidad la LXIII Legislatura (Sexagésima Tercera Legislatura), la cual comenzó su labor el primero de octubre de 2018 y finalizará el 30 de septiembre de 2021.
La actual Legislatura se integra por:
24 diputados electos por el principio de mayoría relativa, y 16 por el principio de representación proporcional.
Título de Partido | Cantidad de Diputados |
---|---|
Morena | 14 Diputados |
Partido Revolucionario Institucional | 3 Diputados |
Partido del Trabajo | 4 Diputados |
Partido Encuentro Social | Un Diputado |
Sin Partido | 2 Diputados |
Título de Partido | Cantidad de Diputados |
---|---|
Morena | 8 Diputados |
Partido Revolucionario Institucional | 5 Diputados |
Partido Acción Nacional | 2 Diputados |
Partido Sinaloense | Un Diputado |
Se integran por Diputadas y Diputados afiliados al mismo partido político de donde proceden. El propósito de ellos es realizar tareas conjuntas en el Congreso y coadyuvar al mejor desarrollo del proceso legislativo. Contribuyen a orientar y estimular la formación de criterios comunes en las discusiones en que participan sus integrantes. Cada Grupo Parlamentario tiene un coordinador.
Para realizar las tareas de coordinación con la Mesa Directiva y las Comisiones, los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios serán el conducto.
Coordinador
Coordinador
Coordinador
Coordinador
El funcionamiento, las actividades y los procedimientos internos de los Grupos Parlamentario serán regulados por las normas estatutarias y los lineamientos de los respectivos partidos políticos.
Por disposición del artículo 54 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, de acuerdo con las posibilidades y el Presupuesto del Congreso, los Grupos Parlamentarios dispondrán de lugares adecuados en las instalaciones de la Cámara, así como de los asesores, personal y los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Para los efectos anteriores los Grupos Parlamentarios cuentan con un apoyo mensual de $10,000.00 multiplicado por el número de diputados que lo integran.
Es el órgano conductor y coordinador del trabajo legislativo, durante el ejercicio de cada Legislatura.
Estará integrada por los Coordinadores de cada uno de los Grupos Parlamentarios, quienes tendrán voz y voto. El Presidente de la Mesa Directiva, los diputados que no integren grupo parlamentario y el Secretario General, asistirán con voz, pero sin voto.
La Junta de Coordinación Política es la expresión de la pluralidad del Congreso, por lo que funcionará en forma colegiada para impulsar entendimientos y convergencias entre los grupos parlamentarios y los diputados que no integren grupo, a fin de alcanzar acuerdos para que el Pleno esté en condiciones de adoptar las decisiones que constitucional y legalmente le corresponden.
La Mesa Directiva se integrará con un Presidente, dos Vice-Presidentes, dos Secretarios y dos Pro-Secretarios, que serán electos por el voto nominal de las dos terceras partes del total de los diputados que integran la Legislatura.
Para su integración se observará la composición plural del Congreso, pero no podrán formar parte de ella los coordinadores de los grupos parlamentarios.
Los nombramientos se comunicarán a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado, así como a todos los órganos legislativos federales y locales del país.
Es el órgano del Congreso que durante el tiempo de recesos del Pleno desempeña diversas funciones parlamentarias.
Se compone de 18 Diputados:
9 propietarios y 9 suplentes generales.
En su instalación se nombran el Presidente, un Secretario y el resto fungen como vocales.
Para la organización y el debido apoyo al cumplimiento de las funciones legislativas y la atención correspondiente a sus necesidades administrativas el Congreso cuenta con la Secretaría General y su titular se denomina Secretario General, cuya función es coadyuvar con la Legislatura a efecto de que ésta ejerza las facultades que le corresponden, conforme a la ley. La Secretaría General para el debido desarrollo de sus funciones, contará con los recursos humanos y materiales que se establezcan en el presupuesto.
La Secretaría cuenta con las siguientes Direcciones:
La Secretaría General también coordina al Instituto de Investigaciones Parlamentarias y a nivel de staff cuenta con las siguientes Unidades:
El Instituto de Investigaciones Parlamentarias, funciona como órgano técnico-académico, de apoyo jurídico, legislativo, de investigación y análisis. Apoya con asesoría a las comisiones legislativas y a los Diputados, y además organiza cursos, seminarios y conferencias.
1. Se encuentra la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, vigente. Específicamente los artículos 32, fracción XXVII y 85.
2. Existen iniciativas presentadas en la legislatura las cuales se pueden consultar en el apartado de iniciativas de esta pagina.
1. Se encuentra la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, vigente. Específicamente los artículos 32, fracción XXVII y 85.
2. Se aprobó la Reforma Constitucional para transformar al Fiscalía General como órgano constitucional autónomo.
Decreto No. 66 de fecha 26 de enero de 2017, publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 018 del 6 de febrero del 2017.
3. Se aprobó la Reforma Constitucional Anticorrupción, con lo que propicia la Transparencia en las funciones de gobierno, así como la creación del Tribunal de Justicia Administrativa.
Decreto No. 96 de fecha 14 de marzo de 2017, publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 035 del 17 de marzo del 2017
4. Existen iniciativas presentadas en la legislatura las cuales se pueden consultar en el apartado de iniciativas de esta pagina.
5. El Congreso del Estado es miembro del Secretariado Técnico de Gobierno Abierto en Sinaloa.
Se llevaron a cabo reuniones con la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa.
Se atendió la presentación del Secretariado Técnico de la CEAIP, el 18 de abril de 2017, tomando protesta este congreso como miembro del mismo.
* Ley Orgánica del Congreso:
Artículo 70, párrafos segundo y tercero.
Artículos 18, fracción VII, 19 fracción VIII, 96, fracción III, 132, 220 y 226.
Para efecto de registro de personas y documentos relacionados con acercamiento con la ciudadanía, existe la Dirección de Gestión y Vinculación Social.
Enlazar con el apartado de Dirección de Gestión y Vinculación Social:
* Para ello se encuentra la Dirección de Gestión y Vinculación Social del Congreso, así como la Unidad de Acceso a la Información Pública.
* El artículo 130, párrafo segundo, de la Constitución del Estado, establece la obligación de presentar declaración de interés, ante la autoridad competente y en los términos que marca la ley.
(Reforma mediante Decreto No. 96 de fecha 14 de marzo de 2017, publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 035 del 17 de marzo del 2017).
Asimismo, para prevenir un posible conflicto de interés, en la Ley Orgánica del Congreso del Estado vigente, regula esta situación en los artículos 149 y 205.
* Con motivo de las obligaciones que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, dicha información puede encontrarse en el portal correspondiente a Obligaciones de Transparencia, de nuestro portal oficial del Congreso.
* La Ley Orgánica vigente, para prevenir un posible conflicto de interés, establece lo correspondiente en los artículos 149 y 205.
* Actualmente no existe algún caso de conflicto de interés por parte de los legisladores.
No obstante, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica y, en caso de darse algún conflicto de interés presentado ante la Mesa Directiva, corresponde a Secretaría General de este Congreso resguardar dicha información.
1. En la Ley Orgánica del Congreso, en el Título Segundo, Capítulo Primero, de rubro “De la Ética Parlamentaria”.
2. Código de Ética de los Servidores Públicos del Gobierno del Estado de Sinaloa
Puede consultar la dirección y teléfono de las oficinas en el pie del sitio (parte inferior de sitio), o ir a la sección de “Visita tu Congreso” o “Directorio Administrativo” para mayor información.
Puede visualizar las sesiones del pleno a través de los siguientes medios:
Puede visualizar la transmisión de las sesiones de comisiones a través del siguiente medio:
(Videos de las sesiones de comisiones almacenados en la sección de “Videos” de facebook)
En las secciones que se enlistan a continuación podrá consultar contenido histórico:
Por el momento no se presenta la información para descargarse en forma masiva.
* Con motivo de las obligaciones que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, dicha información puede encontrarse en el portal correspondiente a Obligaciones de Transparencia, de nuestro portal oficial del Congreso.
* Con motivo de las obligaciones que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, dicha información puede encontrarse en el portal correspondiente a Obligaciones de Transparencia, de nuestro portal oficial del Congreso.
El número y periodo de legislatura se muestran en la cabecera (parte superior del sitio).
* De acuerdo a lo establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica del Congreso, existe para tal efecto:
– La Dirección de Gestión y Vinculación Social
– La Unidad de Acceso a la Información Pública
– El Departamento de Proceso Legislativo
Las cuales tienen bajo su resguardo la información correspondiente.
Enlazar con el apartado de Dirección de Gestión y Vinculación Social, la Unidad de Acceso a la Información y a la Jefatura del Departamento de Proceso Legislativo:
Puede consultar el registro de asistencia de las y los legisladores en los diarios de los debates.
Puede consultar el registro de asistencia de las y los legisladores en la sección de obligaciones de transparencia en el artículo 97 fracción VIII.
* Con motivo de las obligaciones que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, dicha información puede encontrarse en el portal correspondiente a Obligaciones de Transparencia, de nuestro portal oficial del Congreso.
Puede consultar la versión estenográfica de los debates en comisiones en la sección de Actas y Acuerdos de las Comisiones.
Click aquí para mostrarPuede consultar las votaciones en comisiones en la sección de Actas y Acuerdos de las Comisiones.
Click aquí para mostrarCon motivo de las obligaciones que señala la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, dicha información puede encontrarse en el portal correspondiente a Obligaciones de Transparencia, de nuestro portal oficial del Congreso.
Click aquí para mostrarPuede consultar el registro de asistencia de las y los legisladores en los diarios de los debates.
Click aquí para mostrarPuede consultar el registro de asistencia de las y los legisladores en la sección de obligaciones de transparencia en el artículo 97 fracción VIII.
Click aquí para mostrarPuede consultar las asistencias en comisiones en la sección de Actas y Acuerdos de las Comisiones.
Click aquí para mostrarActualmente, la Ley Orgánica del Congreso establece que deberán presentar informes: la Junta de Coordinación Política, de la Diputación Permanente y de las Comisiones Permanentes, las cuales pueden consultarse en:
Puede consultar información relacionada a este punto en las redes sociales que manejan los representados las cuales se encuentran en sus respectivas fichas.
Por el momento no se dispone de una plataforma web con mecanismos de interacción a dos vías en tiempo real.
* Por el momento no existen mecanismos de participación ciudadana en temas de presupuesto en el Congreso del Estado de Sinaloa.