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Instituyen el 25 de octubre como “Día Estatal de las Personas de Talla Baja”

  • Congreso del Estado de Sinaloa
  • Julio 21, 2016

Al aprobar el dictamen de manera unánime, las y los Diputados de la LXI Legislatura instituyeron que el 25 de octubre de cada año se conmemore el “Día Estatal de las Personas de Talla Baja”, con lo que las autoridades tanto municipales como estatales, deberán promover actividades institucionales tendentes a la concientización social de inclusión y respeto a las personas de talla baja.

El dictamen presentado por  la Comisión  de Puntos Constitucionales y Gobernación que fue aprobado por el Pleno señala:

“ARTÍCULO PRIMERO. Se declara el día 25 de Octubre de cada año como: “El Día Estatal de las Personas de Talla Baja”, en el Estado de Sinaloa.

ARTÍCULO SEGUNDO. Para la implementación del presente Decreto, todas las autoridades del Estado en el ámbito de sus respectivas competencias promoverán actividades institucionales tendentes a la concienciación social de inclusión y respeto a las personas de talla baja”.

Por otra parte, se le dio primera lectura a la iniciativa presentada por Diputadas y Diputados integrantes de la LXI Legislatura, que proponen adicionar diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, las cuales tienen el objetivo de fomentar un proceso de cambio profundo, “porque es indudable que la tarea del desarrollo y el crecimiento de Sinaloa le corresponde a todos los actores, todos los sectores y todas las personas de nuestro Estado”.

El documento señala que la transformación de Sinaloa es una responsabilidad del Estado que no se debe de eludir y para atenderla, deberá observarse cabalmente el marco normativo y basarse  en una estrategia que ayude a incrementar, de manera integral, sustentable y sostenida, el potencial de desarrollo estatal y nacional en beneficio de toda la población en forma incluyente y equitativa.

Aseguran que para lograr tales objetivos, es imperativo incluir dentro del marco normativo constitucional del Estado, las disposiciones que conduzcan la planeación, programación y política pública encaminadas a conseguir el desarrollo integral, sustentable y sostenible de nuestra entidad, sus municipios y comunidades.

Proponen la adición de la fracción IV Bis del artículo 43, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 43. . .

I a IV. . .

IV Bis. Revisar, discutir y aprobar, en su caso, el plan estratégico de desarrollo del Estado y los ajustes que se realicen al mismo.

V a XXXV. . .”

Proponen también adicionar la fracción XXIV y se recorre la subsecuente a la XXV del artículo 65 para quedar así:

Artículo 65. . .

I a XXIII. . .

XXIII Bis. Formalizar toda clase de acuerdos, contratos y convenios.

XXIV. Fomentar, coordinar y conducir el desarrollo integral del  estado; formular, ejecutar, controlar y evaluar el plan estratégico y los planes estatales de desarrollo.

XXV. Los demás que le confieren la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y esta Constitución y las derivadas de ellas que no estén expresamente atribuidas o reservadas a los Poderes de la Federación o a los otros Podres del Estado”, entre otras adiciones.

Posteriormente, se le dio trámite legislativo a la iniciativa presentada por la Diputada y los Diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Sinaloense, y los ciudadanos Héctor Melesio Cuén Ojeda y Luis Armando Fernández Solórzano, en la que proponen se reforme la fracción X del artículo 79 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, con lo que plantean que la Diputación Permanente pueda tomar la protesta de Ley a los Diputados Suplentes.

Señalan en su iniciativa que ello ha sucedido en la Cámara Federal, luego de que la Sala Superior del Tribunal electoral del poder Judicial de la Federación así lo ordenara al presidente de la Cámara Permanente del H. Congreso de la Union, “por lo tanto, los suplentes deben ser llamado a cubrir las vacantes o ausencias de los diputados propietarios porque la representación nacional debe estar completa para garantizar la continuidad de la democracia deliberativa”, argumentan.

Por ello proponen reformar la fracción X del artículo 79 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado para quedar como sigue:

“Artículo 79. . .

I a IX. . .

  1. Llamar, en los casos en que se requiera, a los Diputados suplentes y tomarles protesta de Ley”.

Más adelante, el Pleno de la LXI Legislatura conoció la iniciativa presentada por el ciudadano José Ignacio Buelna Gil, que propone reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, a fin de que se tenga un único periodo ordinario de sesiones, que comenzaría el día segundo de enero y terminará el día 30 de Diciembre.

Argumenta que un ciudadano común trabaja de Enero a Diciembre, en tanto que los legisladores lo hacen de Abril a Julio y de Octubre a Enero; un ciudadano común solo percibe su sueldo cuando va a trabajar, en tanto que un Diputado local percibe su “dieta” mensual independientemente de si hay sesiones o no, un ciudadano común trabaja seis días a la semana y descansa el séptimo, un diputado local solo tiene sesión los días martes y jueves; un ciudadano común trabaja  una jornada diurna de ocho horas diarias, un Diputado local no.

Invoca lo señalado por la Ley Federal del Trabajo, en cuanto a las obligaciones que deben cumplir los trabajadores y los patrones, la Constitución Local y la Ley Orgánica del Congreso del Estado les confieren a los Diputados locales percepciones y derechos por encima de la Ley que rige a los ciudadanos comunes.

Ante ello propone reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, entre otras:

Artículo 106. El C0ongreso del Estado tendrá un único periodo ordinario de sesiones que comenzará el día segundo de Enero y terminará el día treinta de Diciembre.

Los trabajos sólo podrán terminarse cuando no haya iniciativas pendientes por revisar.

Artículo 107. Derogado.

Artículo 108. Derogado

Artículo 109. En los días indicados el Congreso se reunirá en sesión solemne, para la apertura y clausura del periodo único de sesiones que la mesa Directiva nombrada realizará mediante la siguiente declaración del Presidente:

“El Congreso del Estado de Sinaloa (abre-clausura) hoy  (fecha) el Periodo Ordinario Único de Sesiones correspondiente al (año respectivo) de su ejercicio Constitucional”, entre otras reformas.

Otra de las iniciativas que recibieron primera lectura, fue la presentada por el Diputado Mario Imaz López, del Partido Movimiento Ciudadano, en la que propone reformar el artículo 2807 del Código Civil para el Estado de Sinaloa, quien en el documento describe que los bienes raíces han sido a través de la historia los más importantes dentro del conjunto de bienes susceptibles de apropiación.

Lo que se propone en el documento, es otorgar a los deudores un derecho de tanto en la compra de sus respectivos créditos, si se presenta la correlativa situación. Si el fin de la trasmisión de una cartera crediticia es la capitalización de recursos para continuar prestando el servicio de créditos con garantía hipotecaria, esto se puede lograr con el mismo ingreso que se obtendría de los propios deudores.

En la parte medular de la propuesta de reforma al artículo 2807 del Código Civil para el Estado de Sinaloa, se indica lo siguiente:

“Artículo 2807. El crédito puede cederse, en todo o en parte, siempre que se respete el derecho del tanto al deudor, la cesión se haga en la forma que para la  constitución de la hipoteca previene el artículo 2798, y sea inscrita en el Registro Público de la Propiedad.

Si la hipoteca se ha constituido para garantizar obligaciones a la orden, puede transmitirse por endoso del título, sin necesidad de notificación al deudor, de registro, ni derecho del tanto. La hipoteca constituida para garantizar obligaciones al portador, se transmitirá por la simple entrega del título sin ningún otro requisito.

A efectos de respetar el derecho del tanto del deudor a que hace referencia el primer párrafo, el acreedor deberá notificar al deudor en el domicilio convenido para tales efectos, la venta que tuviere convenida, para que dentro de los ocho días siguientes hagan uso del derecho del tanto. Transcurridos los ocho días, por el solo lapso del término se pierde el derecho.  Mientras  no se haya hecho la notificación, la transmisión no producirá efecto legal alguno. Si el domicilio señalado por el deudor a que se refiere este párrafo resulta inexacto, o el deudor no habita en el mismo, perderá su derecho, por lo que no serán aplicables las reglas generales de la notificación.

Tratándose de créditos regidos por otras materias, la cesión de la garantía hipotecaria se regirá por el procedimiento antes mencionado”, entre otras reformas.

Durante la sesión, se conoció el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, y de Equidad, Género y Familia, sobre iniciativas presentadas la Diputada Yudit del Rincón Castro, del Partido Acción Nacional, Elizabeth Ávila Carrancio, Directora del Instituto Sinaloense de la Mujeres y otras ciudadanas, en las que proponen derogar el segundo y tercer párrafo del artículo 43 y los artículos 44, 45, 46 y 47 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, que establece los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio, lo que irá en concordancia con la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

El documento, asientan que el matrimonio infantil afecta mayormente a las niñas, al registrarse que 17.3 por ciento de las mujeres se casaron siendo niñas, en tanto que el porcentaje para hombres sólo fue de 3.9 por ciento; “este es  un tema de respeto a los derechos humanos de la niñez, reconocidos por la Carta Magna, porque el matrimonio infantil provoca un estado de indefensión, sobre todo en las niñas, para poder ejercer los demás derechos que se les conceden; por ejemplo a su desarrollo integral, con el acceso a la educación, a la salud y todos los demás derechos, porque más aún si sobrevienen hijas o hijos su vida se verá limitada y supeditada a sus nuevas obligaciones, sin haber tenido la oportunidad de decir como adultos el qué hacer respecto a su futuro”.

La reforma al artículo 43 dice:

“Artículo 43. La edad mínima para contraer matrimonio es la de dieciocho años, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado”.

Deroga también los artículos 44, 45, 46 y 47; la fracción IV del artículo 49; la fracción IV del artículo 54; señala en la fracción I del Artículo 57:

“I. La falta de edad requerida por la ley;” y deroga la fracción II.

El artículo 73 queda así:

Artículo 73. Los cónyuges pueden celebrar entre sí cualquier contrato. Los de compraventa, dación en pago, permuta y donación, sólo serán válidos cuando el patrimonio esté sujeto al régimen de separación de bienes”.

El párrafo segundo del artículo 105, que queda así:

“Artículo 105. . .

La sociedad conyugal puede terminar antes que se disuelva el matrimonio si sí lo convienen los esposos”, entre otras reformas por lo que se refiere al Código Familiar.

Por lo que hace a las reformas al Código de Procedimientos  Familiares del Estado de Sinaloa, entre otras está al artículo 35:

“Artículo 35. Las acciones del estado familiar, comprende el nacimiento, defunción, matrimonio o nulidad de éste, concubinato, filiación, reconocimiento, tutela, adopción, divorcio, registro de hijas e hijos acogidos  y ausencia, o acatar el contenido de las constancias del Registro Civil para que se anulen o rectifiquen. Las decisiones recaídas en su ejercicio, perjudican aún a los que no litigaron”.

Se derogan los artículos 216, fracción II; 220 fracciones  I, II, V y VI; 458. El artículo 675 quedaría así:

“Artículo 675. Podrá decretarse el depósito de personas menores o incapacitadas que se hallen sujetos a la patria potestad o a la tutela y que fueren maltratados por sus padres o tutores; reciban de estos ejemplos perniciosos a juicio del juez, o sean obligados por ellos a cometer actos reprobados por las leyes o sean inducidos a la  mendicidad, de huérfanos o incapacitados que queden en abandono por la muerte, ausencia o incapacidad física de la persona a cuyo cargo estuvieren.

En este caso no son necesarias formalidades de ninguna clase, asentándose solamente en una o más actas las diligencias del día”.

En Asuntos Generales, la Diputada Sylvia Myriam Chávez López, del Partido Nueva Alianza, presentó un Punto de Acuerdo a fin de que la Dirección de Tránsito y Transporte implemente campañas de concientización hacia los motociclistas a fin de reducir el índice de accidentes, especialmente en menores que son transportados sin protección alguna.

La propuesta realizada por la legisladora dice:

“Solicita a la Dirección de Tránsito y Transportes del Estado, formule campañas de uso responsable de motocicletas, a efecto de prevenir y disminuir los accidentes en dicho medio de transporte, sobre todo cuando se transporta a menores de edad en ellos”.

Sobre el mismo, tema el Diputado César Fredy Montoya Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional, respaldó la propuesta y dijo que en el tema de las motocicletas, a diario se presentan percances fatales, por lo que reiteró su apoyo a programas preventivos para motocicletas para reducir los accidentes.

La propuesta de Punto de Acuerdo fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública para su análisis y dictaminación.

Posteriormente, el Diputado Jorge Mario Núñez Osuna, Presidente de la Comisión de Turismo, presentó un informe al Pleno sobre los trabajos que se han realizado en la materia, entre los que se puede contar la creación de un nuevo marco jurídico para el que se contó con la participación de diversos sectores, recordó que existen diversas iniciativas sobre las que se trabaja al interior del Congreso y que buscan las mejores condiciones para el desarrollo de ese sector productivo; remarcó que la actividad turística es vital para la entidad, dado que genera una fuerte cantidad de divisas; dijo que en los trabajos que se han realizado no solo trabajan las y los Diputados sino también actores externos, como son los organismos empresariales y privados de toda la entidad, que han manifestado su interés por que Sinaloa cuente con un nuevo marco de avanzada en materia turística.

Por otra parte, el Diputado Noé Quevedo Salazar, del Partido Sinaloense, hizo uso de la Tribuna para fijar un posicionamiento sobre la difícil situación económica que se vive en Sinaloa, señalando que la entidad es una de las tres con más empleos perdidos y lo grave es que hay tendencia creciente, y superó el primer semestre del 2016, como el más negativo en la última década; lo cual afecta la seguridad social y créditos al consumo, se potencia la generación de mayor pobreza, responsabilizando de lo anterior, al débil desempeño económico en Sinaloa desde hace  una década.

Dijo que la inversión extranjera directa ha caído en la entidad, y que Sinaloa es uno de los diez estados con menor inversión extranjera, y que la inseguridad incide en este fenómeno.

En otro tema, la Diputada Flor Esther Gastelum Vertiz, del Partido Revolucionario Institucional, apoyó la demanda realizada por diversos sectores en el sentido de que los distritos de Guasave y Sinaloa sean distintos, en el tema de procuración de justicia, porque en la actualidad, genera costo y tiempo para personas con escasos recursos, que los lleva a no denunciar ilícitos, lo que repercute en mayor impunidad.

Reiteró que la impunidad se registra en el municipio de Sinaloa, y lo es más el viajar a Angostura, en donde está asentado el tribunal correspondiente y que ahora existen casos en que los deudos de víctimas, tienen que sepultar a sus muertos sin la presencia del ministerio público.

Sobre el mismo tema, el Diputado Jesús Burgos Pinto, del Partido Revolucionario Institucional, dijo que más que requerir la presentación del dictamen de la iniciativa por él presentada en diciembre del 2014, destacó la presencia de habitantes del municipio de Sinaloa, en tanto que la gente de Guasave demanda además del trabajo parlamentario, justicia como un derecho que garantiza el artículo 17 de la Carta Magna, en lo relativo a la impartición de justicia expedita a la sociedad.

Finalmente, se citó a sesión pública ordinaria para el próximo martes 26 de Julio a la hora de Reglamento