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Contará Sinaloa con Ley de Fomento a la Lectura y el Libro

  • Congreso del Estado de Sinaloa
  • Abril 12, 2016

De manera unánime, las y los Diputados integrantes de la LXI Legislatura aprobaron el dictamen que propone el proyecto de Ley de Fomento a la Lectura y el Libro del Estado de Sinaloa, la cual tiene el propósito de promover la lectura y el libro, para garantizar los derechos fundamentales de los sinaloenses respecto a la cultura, educación y al desarrollo social y económico del Estado, así como las políticas públicas que contribuyan a su desarrollo integral.

En el documento se menciona la necesidad de establecer mecanismos de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno y vinculación con los sectores público y privado, para impulsar las actividades relacionadas con la función educativa y cultural de fomento a la lectura y al libro; fomentar y apoyar el establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas, y otros espacios públicos y privados para la lectura y difusión del libro; promover el trabajo intelectual de los autores, particularmente aquellos residentes en el estado y la publicación de sus obras, entre otras.

Al manifestarse a favor del dictamen, la Diputada María del Rosario Sánchez Zatarain dijo que la información que se alcanza a través de la lectura, especialmente en la infancia, mejorará la vida de niñas, niños y adolescentes, pero también que es en el aula donde el maestro debe ser el impulsar y guía del estudiantado, sin descartar a los padres de familia para fomentar el hábito de la lectura.

Por otra parte, se le dio primera lectura a la iniciativa presentada por la Diputada María del Rosario Sánchez Zatarain, y los Diputados Héctor Melesio Cuén Ojeda y Robespierre Lizárraga Otero, que propone adicionar y reformar diversas disposiciones de la Ley de Protección Civil para el Estado de Sinaloa, esto con el objetivo de crear  la profesionalización y formación de recursos humanos en materia de protección civil, así como de un sistema de alerta sísmica para la entidad.

Precisa que con la creación de la Dirección del Sistema de Alerta Sísmica, esta será la responsable de monitorear permanentemente los movimientos de las placas tectónicas que tengan lugar en el territorio sinaloense.

Además, se pretende promover la cultura de profesionalización, prevención y corresponsabilidad social en las acciones de protección civil.

En la reforma al artículo 47 en su fracción Cuarta, plantea la certificación de los titulares y demás personal de protección civil de las dependencias públicas y privadas; la certificación de los programas de las dependencias en materia de protección civil, de los diferentes niveles de gobierno y de los  organismos públicos y privados.

Asimismo, al referirse a la profesionalización y formación en materia de protección civil, señalan que el primer aspecto de los integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil será permanente, y tendrá por objeto lograr una mejor y más eficaz prestación del servicio, así como el desarrollo integral de sus elementos mediante la institucionalización de un servicio civil de carrera, cuando se trate de servidores públicos estatales y municipales.

El Sistema Estatal de Protección Civil se sujetará  al Reglamento en materia del servicio civil de carrera, en el que se deberá regular el ingreso, formación, permanencia, promoción, evaluación, certificación y todos aquellos aspectos que se consideren pertinentes a la  profesionalización y estímulos a sus miembros, conforme a las características que le son propias, y a los requerimientos de la sociedad y del estado, entre otras propuestas.

Durante esta sesión ordinaria, el Pleno del Poder Legislativo, dio trámite a la iniciativa presentada por el Diputado Marco Antonio Irízar Cárdenas, para que se reformen diversas disposiciones del Código Familiar y de Procedimientos Familiares, ambos del Estado de Sinaloa, esto con la finalidad de evitar gastos a familiares de quienes dentro de la legislación familiar se conoce como presunción de muerte, entiéndase de aquellas personas que abandonan a la familia o simplemente desaparecen dejando patrimonio sin fijar el o los beneficiarios, la propuesta es que el plazo vigente en la propia ley de tres años, sea reducido a dos, a fin de que los familiares tomen posesión de todos los bienes de los desaparecidos.

En la iniciativa se expone que hay personas que con el fin de obtener mejores condiciones de vida emigran a otros lugares y en ocasiones desaparecen dejando atrás a su pareja, hijos y familia, un patrimonio económico y surgiendo la duda del que hacer ante la ausencia. Ante ello se debe definir la situación legal de su relación con su pareja y con sus bienes, derechos y obligaciones, lo cual debe hacerse a través del uso de los instrumentos jurídicos necesarios que permitan esas situaciones de conflicto de intereses.

Señala que con la declaración de muerte se abre la posibilidad para que los herederos inicien el proceso respectivo de sucesión y de esta forma se evite que los bienes corran el peligro de ser adquiridos por terceros, por no encontrarse en posesión del propietario, lo cual es muy probable que suceda.

Otra de las iniciativas que recibieron primera lectura, fue la presentada por la Directora General del Instituto Sinaloense de las Mujeres, Elizabeth Ávila Carrancio, y otras ciudadanas, que proponen derogar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Sinaloa, para adicionar al Título Octavo Delitos Contra la Libertad Sexual y su Normal Desarrollo Capítulo I, Violación la fracción IV al artículo 180 y deroga el Capítulo IV Estupro, con su artículo 184 del Código Penal para el Estado de Sinaloa.

En la iniciativa se asienta que los delito sexuales constituyen un atentado al marco del respeto irrestricto de los derechos humanos, y se traducen en conductas que comprenden actos de contenido sexual que se  cometen sin consentimiento y, en ocasiones, con engaño y afectación al normal desarrollo, atentando contra la libertad psicosexual de las personas menores de edad.

En otra parte, citan lo establecido en el Código Penal sobre el delito de estupro “al que tenga cópula con una persona menor de  dieciocho años pero mayor de dieciséis, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará prisión de uno a cuatro años”

“Este delito es cometido en contra de niñas, niños y adolescentes y se encuentra vinculado con el matrimonio infantil lo cual es violatorio de los Derechos Humanos, debido a que se considera que las personas menores de edad no tienen la madurez y capacidad para  comprometerse en matrimonio y esta es  una decisión que tendrá implicaciones al resto de su vida”.

Y más adelante señala que en la búsqueda de una mayor protección para las niñas, niños y adolescentes, y cumpliendo con los pactos internacionales  ratificados por el Estado Mexicano, se propone derogar el capítulo que establece la tipificación del delito de estupro; además en el artículo 180 se añada la fracción IV en su segundo párrafo de la fracción IV: “Se presume que existe engaño cuando el sujeto pasivo sea menor de dieciséis años. Si el sujeto pasivo es mayor de doce años pero menor de dieciséis años, se aumentará en una mitad la pena anterior. Cuando la edad del agente supere con quince años o más la edad del sujeto pasivo, se le aplicará el doble de la pena establecida en los párrafos anteriores”.

De la misma manera se conoció la iniciativa enviada por la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Navolato que propone un aumento en las tarifas de agua potable, alcantarillado y saneamiento, en la zona rural y urbana de dicho municipio.

De acuerdo al documento, el incremento propuesto en las tarifas vigentes para la prestación de los servicios de agua potable es del 40 por ciento en los usos domésticos, comerciales e industriales y públicos, así como, los derechos de conexión, y se mantenga el 20 por ciento sobre el cobro de agua potable para la operación y mantenimiento del sistema de alcantarillado sanitario  y el 30 por ciento sobre el cobro del agua para la operación y mantenimiento de las plantas de tratamiento de aguas residuales.

Además, acepta que la Junta opera con un déficit de 11.4 millones de pesos y un pasivo por pagar a corto plazo de 13.4 millones de pesos, por lo que el Consejo Directivo de la propia Junta, señala que con el incremento solicitado se estará en condiciones de invertir y prestar un servicio de calidad a los usuarios navolatenses.

En otro tema, se conoció el dictamen del proyecto de Ley de Fomento de Valores, Formación Cívica y Cultura de la Legalidad del Estado de Sinaloa que tiene por objeto el fomento de los valores, la consolidación de la formación cívica y el impulso de la cultura de la legalidad, así como el fortalecimiento del Estado de Derecho y la cooperación entre sociedad y gobierno.

Además, el fomento a la cultura de la legalidad, generando relaciones armónicas y solidarias entre individuos e instituciones las cuales deben ser el centro de las políticas públicas de gobernabilidad, seguridad y justicia; respeto universal de los derechos humanos y la tutela de sus garantías y corresponsabilidad o concurrencia de las autoridades competentes y sociedad en general, en atención a fortalecer el Estado de Derecho.

Este proyecto de Ley cuenta con Veintitrés Artículos Naturales y Cuatro Artículos  Transitorios y se turnó a la Secretaria para su segunda lectura.