Confusión, prejuicios y estereotipos limitan juzgar violencia política de género

Aún persiste confusión de lo que significa la perspectiva de género, incluyendo a jueces y juezas, agentes del Ministerio Publico, quienes deben despojarse de prejuicios y estereotipos para poder detectar y atender la violencia política de género, aun cuando sea sutil, aseguró Irad Ezequiel Nieto Patrón.
El secretario técnico del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa ofreció este viernes la conferencia “Violencia Política de Género en la Justicia Electoral” en el Salón Constituyentes de 1917 del Congreso del Estado.
El evento fue organizado y convocado por la Comisión de Equidad, Género y Familia que preside la diputada Francisca Abelló Jordá.
En su ponencia, Nieto Patrón, puntualizó que el concepto de violencia de género es producto de una larga lucha de las mujeres, primero porque se les reconociera el derecho a votar y luego por acceder a candidaturas a cargos de elección popular.
Una vez que lograron este acceso, expuso, la lucha fue por lograr la misma cantidad de candidaturas que los hombres, que se conoce como paridad de género y que implica la mitad de candidaturas para hombres y la otra mitad para mujeres.
Sin embargo, aclaró que ello no terminó con las inercias y resistencias de los hombres, y fue entonces cuando se hizo visible la llamada violencia política de género.
Ésta, explicó, consiste en toda acción u omisión dirigida en contra de una mujer por el hecho simple de ser mujer, y que obstaculiza o anula el reconocimiento o goce de sus derechos político-electorales o el ejercicio de un cargo público.
Lo peor, aclaró, es que esta violencia no sólo proviene de hombres, sino también de mujeres, y por ello ya se tienen decenas de demandas y sentencias sobre casos de violencia política de género.
Para ilustrar sus señalamientos, Nieto Patrón citó algunos casos de violencia política de género que en la primera instancia, que son los tribunales electorales, fueron negados como tales, pero luego éstos fueron reconvenidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En uno de los casos citó a una regidora del estado de Oaxaca, a quien se le obstaculizaba el ejercicio de su cargo y no se le hizo válida la licencia por maternidad a la que solicitó.
Otro caso fue el de una síndica procuradora, del estado de Jalisco, a quien también se le obstaculizó su desempeño y además recibió amenazas directas de muerte.
Explicó que en ambos casos los Tribunales Electorales Estatales desestimaron la violencia política de género, pero después el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dejó sin efectos sus resoluciones y confirmó que sí había violencia de género.
Es decir, expuso, los magistrados y personal de los tribunales electorales de Oaxaca y Guadalajara no analizaron los casos con “perspectiva de género” debido a los prejuicios o estereotipos que aún tienen, y por la confusión que persiste sobre la violencia política de género.
Este tipo de violencia, precisó, requiere de impartir justicia partiendo de la desventaja en que históricamente se han encontrado las mujeres respecto a la posición o rol que debieran asumir, y en ese contexto se deben analizar todos los casos que se denuncien.
Al final de la conferencia, la diputada Francisca Abelló Jordá entregó un reconocimiento a Irad Ezequiel Nieto Patrón, por su conferencia.