Aprueban Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa

De manera unánime, el Pleno de la LXI Legislatura aprobó en lo general, el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación; Derechos Humanos; Equidad, Género y Familia; y de Salud y Asistencia Social, correspondiente a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa.
De acuerdo al documento, en lo general, se considera que las niñas, niños y adolescentes del Estado representan una parte fundamental dentro de la sociedad, lo que motiva a dotarles de herramientas que permitan mejorar sus condiciones de vida para lograr su desarrollo pleno e integral, mediante la participación y responsabilidad de todos; es decir, desde sus padres en ejercicio de la patria potestad masi como quienes ejercen su tutela o guarda y custodia; los diversos entes educativos o recreativos que se dedican al cuidado y atención de los mismos y en sí las autoridades estatales y municipales quienes tienen la obligación de garantizar sus derechos humanos.
Puesto que se considera que dentro del proceso evolutivo de los derechos humanos que se han venido realizando, el reconocimiento como titulares de derechos a niñas, niños y adolescentes representa un paso gradual hacia una determinación o concreción como sujetos titulares de derechos; es decir, se valora necesario otorgarles una vinculación de sus derechos, siendo una respuesta a problemas concretos derivados de su condición social, cultural o física.
Mientras que al ponerse a discusión en lo particular, fue la Diputada Imelda Castro, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la primera en hacer uso de la voz en Tribuna, en donde señaló que cualquier atentado que se haga a los derechos de los niños, es violatorio a todo precepto, y que cuando hay discrepancias en dos leyes, se aplicará el criterio de la ley suprema, advirtió la posibilidad de que se presente materia de inconstitucionalidad y al llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que así lo determine.
A favor del dictamen, la Diputada María del Rosario Sánchez Zataráin quien dijo que Sinaloa se convierte hoy en el estado 26 que armoniza la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes, que respeta la armonización con la Ley General en la materia: señaló que dicha ley ha sido expuesta por especialistas, agregó que el dictamen refrenda tres tesis de la Ley General: posiciona y le da a la familia el derecho y obligación de atender de manera integral el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes, porque dicho mandato los convierte en apego a la ley, dueños de sus derechos y no deben ser separados los derechos de la niñez con los de los adolescentes.
Enseguida la Diputada María de la Luz Rodríguez Ramírez dijo que la sexualidad ha dejado de ser tema tabú para convertirse en un derecho; la salud sexual y reproductiva son derechos de toda persona; entre los 12 y 18 años de edad, son propensos a caer en confusiones, por lo que se pronunció por otorgar información suficiente en cuanto a los métodos preventivos para evitar embarazos en la etapa de la adolescencia, como también incluyó campañas de orientación para que este segmento de la sociedad reciba y se enriquezca para evitar embarazos y enfermedades de cualquier índole.
En su turno, el Diputado Francisco Solano Urías precisó estar seguro de lo que se hizo en el dictamen, la legalidad y pertinencia de ello. Además, reconoció el avance logrado en esta legislatura para dialogar y tratar de llegar al debate no para aniquilar al contrario sino para decantar las mejores ideas y propuestas en pro de los representados.
Luego, el Diputado Leobardo Alcántara sentó su postura sobre el respeto de las ideas hacia padres y madres de familia que se expresaron en el Congreso; pidió se les reconociera ese derecho y de respeto, dijo que una ley de derecho, no debe circunscribirse a un segmento de la sociedad y que es en el hogar donde se reciben los principios de educación y en las aulas, la formación académica que vendrá a reformar lo enseñado en el hogar.
Por su parte, la Diputada Sylvia Myriam Chávez López señaló que con la discusión se da un avance significativo para la armonización del orden jurídico en Sinaloa, y destacó la importancia el desarrollo de este proceso, porque esta ley es sin duda alguna producto del trabajo realizado no sólo por las Comisiones dictaminadoras, sino por amplios sectores de la sociedad: académicos, investigadores, juristas, y opiniones plurales diversas, siendo un tema toral, fundamental, porque niños y adolescentes representan el componente más sensible a los cambios políticos y económicos que no son fáciles hoy día.
Cabe destacar, que la Junta de Coordinación Política, presentó al Pleno un acuerdo para la modificación de ocho artículos de esta ley, mismos que fueron aprobados por mayoría.
En su artículo 1 segundo párrafo, queda así:
“II Garantizar el pleno goce, ejercicio, respeto, protección, promoción y defensa de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, conforme a su edad,, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, tomando en cuenta los derechos y obligaciones de los padres o quienes ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o custodia, así como en lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano forma parte, en a Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes , en la Constitución Política del Estado, esta Ley y demás disposiciones aplicables.
La fracción V del artículo 45 queda así:
“V. desarrollar la atención sanitaria preventiva, la oe3intacion y asesoría a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, y la educación, cuidados y servicios en materia de salud sexual, reproductiva, de conformidad con la Ley de Salud del Estado.”
Las siguientes fracciones también fueron modificadas y quedan así:
“VI. Establecer las medidas tendentes a prevenir embarazos de las niñas y las adolescentes, entre otras, aquellas enfocadas al acceso a oportunidades permanencia escolar y la creación de un programa de vida.”
VII. asegurar la prestación de servicios de atención médica respetuosa, efectiva e integral durante el embarazo, parto y puerperio, así como para sus hijas e hijos, y promover la lactancia materna exclusiva dentro de los primeros seis meses y complementarla hasta los dos años, así como garantizar la información y el acceso a métodos anticonceptivos conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez que los proteja de posibles riesgos, con la participación de quienes detenten la patria potestad, tutela o guarda y custodia, para el desarrollo de una maternidad y paternidad responsable de acuerdo al interés superior de la niñez”.
Tercer párrafo de la fracción XVII:
“En todos los casos se respetará y garantizará el derecho a la intimidad y a la seguridad social de niñas, niños y adolescentes, conforme a la presente ley, así como el derecho a la información de quienes detenten su patria potestad, tutela o guarda y custodia en relación a su estado de salud, para cumplir con su obligación constitucional de proteger y exigir el cumplimiento de sus derechos”.
El artículo 50 quedó así:
“quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, tendrán derecho a intervenir en la educación que habrá de darse a niñas, niños y adolescentes”.
El tercer párrafo del artículo 66:
“Quienes ejerzan su patria potestad, tutela o guarda y custodia, deberán orientar, supervisar, y en su caso, restringir sus conductas y hábitos sin que esto se considere injerencia ilegal o arbitraria, siempre que atiendan al interés superior de la niñez”.
Fracción IV del artículo 83:
“Impartir en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiada, y en su caso, restringir sus conductas y hábitos siempre y cuando atiendan al interés superior de la niñez, sin que ello pueda justificar limitación, vulneración o restricción alguna en el ejercicio de sus derechos”.
Mientras que el artículo 84 dice:
“Artículo 84. Son derechos de quienes ejercen la ´patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, para el debido cumplimiento de sus obligaciones, los siguientes:
I tener y conservar la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, en términos de lo prescrito por el código Familiar del Estado.
- ser responsable del desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes gajo su cuidado; y ser reconocido y tomado en cuenta como tales por las autoridades y la sociedad.
III. guiar el proceso formativo y positivo para el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.
- Dirigir el proceso educativo de niñas, niños y adolescentes bajo su cuidado;
- Mantener comunicación de forma oportuna con las niñas, niños y adolescentes;
- Proteger y prodigar la salvaguarda del interés superior de las niñas, niños y adolescentes bajo su cuidado;
VII. Orientar, supervisar y guiar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes de conformidad con el interés superior de la niñez.
VIII. Ser informados de forma inmediata y oportuna de toda decisión o acción respecto de las niñas, niños y adolescentes.
- Revisar los expedientes educativos y médicos de niñas, niños y adolescentes;
- Recibir oportunamente una explicación completa y detallada sobre las garantías procesales que asisten a las niñas, niños y adolescentes;
- Representar a niñas, niños y adolescentes bajo su cuidado en la medida que favorezca su interés superior. Las autoridades proveerán todas las medidas legales y administrativas necesarias para el ejercicio de este derecho, en términos de la legislación aplicable;
XII. Participar activamente en reuniones cuya finalidad sea velar por el interés superior de niñas, niños y adolescentes bajo su cuidado.
XIII. Hacer uso de los recursos legales ante la autoridad competente en todos los asuntos concernientes a niñas, niños y adolescentes en la medida que salvaguarda el interés superior de la niñez.
XIV. Administrar los bienes de niñas, niños y adolescentes, en términos de la legislación aplicable; y
- Ser atendidos por las autoridades respecto de las acciones políticas y programas que posibiliten el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Las autoridades estatales y municipales tienen el compromiso y el deber de respetar y garantizar a quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, el goce y ejercicio efectivo de los derechos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Tratados Internacionales, Ley General, Constitución Política del Estado, Código Familiar del Estado, esta Ley y demás legislación aplicable”.
Artículo 103 en su segundo y tercer párrafo:
“El eje rector de este Sistema será la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, bajo la responsabilidad fundamental de la familia, el Estado y la sociedad.
En atención a las propuestas mencionadas, proponemos se aplique la técnica legislativa necesaria para mantener la sistematización de la estructura de los artículos de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa”.
Por otra parte y por mayoría de los integrantes del Pleno de la LXI Legislatura, se aprobó dictamen sobre la iniciativa del Presidente Municipal y Presidente del Consejo de Administración de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Mazatlán, que propone nuevo régimen tarifario para los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento para las zonas urbana y rural, otorgándose un incremento del 20 por ciento general.
De manera previa a la votación, fue el Diputado Héctor Melesio Cuén Ojeda del Partido Sinaloense, el primero en hacer uso de la Tribuna para hablar en contra, lamentó que sea la gente que menos tiene, la que sufra de manera directa este tipo de incrementos, en momentos en los que hay que tener conciencia de los tiempos que se viven, con la devaluación del peso frente al dólar, los incrementos en alimentos y otro tipo de aumentos que van en contra de los salarios y el bolsillo de la clase baja y media de Sinaloa y México, situación con la que coincidieron los Diputados Mario Imaz López, y Ramón Lucas Lizárraga, de los partidos Movimiento Ciudadano, y de la Revolución Democrática, respectivamente.
Por lo que hace a la discusión en lo particular, el Diputado Martín Torres se pronunció porque haya una mayor transparencia y propuso que la Junta rinda un informe semestral a esta Soberanía sobre el monto de los recursos recaudados por este incremento y en qué se invertirán, propuesta que al ser sometida a votación y ser aprobada, se incorporará al texto del dictamen.
Posteriormente, se realizó la elección de las y los Diputados integrantes de la Diputación Permanente, que estará en funciones durante los meses de agosto y septiembre, la propuesta que fue sometida a la consideración del Pleno, fue la realizada por el Diputado Marco Antonio Irízar Cárdenas.
Por tal motivo la Diputación Permanente quedó integrada de la siguiente manera:
Diputado Jesús Enrique Hernández Chávez Presidente
Diputada Yudit del Rincón Castro Secretaria
Diputada Flor Esther Gastélum Vértiz Vocal
Diputado Héctor Melesio Cuén Ojeda Vocal
Diputado Ramón Barajas López Vocal
Diputado Ramón Lucas Lizárraga Vocal
Diputado Óscar Félix Ochoa Vocal
Diputado Martín Pérez Torres Vocal
Diputado Víctor Manuel Díaz Simental Vocal
Suplentes: José Felipe Garzón López, Laura Galván Uzeta, César Fredy Montoya Sánchez, Robespierre Lizárraga Otero, Sylvia Myriam Chávez López, Imelda Castro Castro, José Manuel osuna Lizárraga, Osbaldo Ávila Atondo, y Claudia Liliana Valdez Aguilar.
Cabe destacar, que tras rendir protesta el Diputado Jesús Enrique Hernández Chávez, y los destacó los trabajos realizados durante el Segundo Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXI Legislatura, que se clausuró este día, en donde se dejó constancia del mejor compromiso y propósito de trabajar por lo intereses superiores del Estado de Sinaloa, con el marco de actualizar las disposiciones jurídicas que regulan la convivencia en la entidad.
Finalmente, citó a sesión de la Diputación Permanente, para el próximo martes 18 de agosto a las 11:00 horas.