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Sesiona la Diputación Permanente de la LXI Legislatura

  • Congreso del Estado de Sinaloa
  • Agosto 18, 2015

Este martes 18 de agosto, la Diputación Permanente de la LXI Legislatura inició sus trabajos, durante esta sesión ordinaria, se le dio primera lectura a la iniciativa remitida por el Poder Ejecutivo con la que se propone adicionar diversas disposiciones a la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa, con el objetivo de “incluir los supuestos en los que se podrá pagar proporcionalmente el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en caso de pérdida total por accidente o como consecuencia de un fenómeno meteorológico o desastre natural; cuando el contribuyente acredite que pagó o se encontraba exento del pago del impuesto referido en otra entidad federativa, así como para el caso de vehículos usados que soliciten su registro en la entidad”.

De acuerdo a lo propuesto como Artículo 14 Bis, este señala que: “cuando el contribuyente del impuesto a que se refiere este Capítulo, sufra la pérdida total por accidente o como consecuencia de un fenómeno meteorológico o desastre natural, pagará el impuesto correspondiente en proporción al número de meses transcurridos hasta la fecha en que ocurriera tal eventualidad, aplicándose el factor contenido en la tabla del artículo 15-B de la presente Ley, siempre y cuando quede debidamente acreditada la misma ante la autoridad competente; y sin que dicha circunstancia origine el derecho de solicitar la devolución o compensación del impuesto, en caso de haberse cubierto el mismo con anterioridad a la pérdida total del vehículo”.

Mientras que la propuesta de Artículo 14 Bis-1, indica que: “en los casos en los que los contribuyentes obligados a realizar el pago en el Estado de Sinaloa, demuestren haber cubierto el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos correspondiente al año de calendario de que se trate en otra entidad federativa, cuyo objeto grave la tenencia o uso del impuesto, podrá solicitar se acredite el importe cubierto o la exoneración del plazo transcurrido en el año calendario, debiendo pagar, en su caso, la parte proporcional que quede pendiente una vez realizado el cálculo correspondiente al de esta entidad, aplicándose el factor correspondiente, contenido en la tabla del Artículo 15-B de esta Ley.

No será sujeto de devolución o compensación, el importe cubierto en exceso en otra entidad federativa.”

Asimismo, se propone adicionar un último párrafo al artículo 15-B, el cual dice: “Tratándose de vehículos usados el impuesto deberá calcularse y enterarse en el momento en el cual se solicite el registro del vehículo en la entidad, aplicándose el factor correspondiente, contenido en la tabla que antecede.”

Otra de las iniciativas que recibieron primera lectura, fue la propuesta por la Diputada Renata Cota Álvarez, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con la que busca adicionar a la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Sinaloa un Capítulo VII BIS, denominado, De las Niñas y Niños con Discapacidad, el cual tiene que ver con la regulación de la admisión a los centros de atención, cuidado y desarrollo integral infantil de Sinaloa a las niñas y niños con discapacidad, para que estos sean tratados en igualdad de condiciones que las demás niñas y niños, y no exista discriminación alguna hacia ellos.

El documento señala, entre otros aspectos, que los citados Centros admitirán y atenderán de manera  especializada e incluyente a niñas y niños con discapacidad, de conformidad con la modalidad, tipo y modelo de atención aplicable.

Igualmente, que los prestadores de servicios para la atención, cuidado  y desarrollo infantil, que otorguen servicios a las niñas y niños con discapacidad, deberán acreditar ante la autoridad competente que cuentan con personal capacitado, con experiencia profesional y sensibilizada para atender a dichos usuarios

El Pleno de la Diputación Permanente, conoció la iniciativa presentada por la y los Diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido Sinaloense, para la creación de la Ley de Salud Mental del Estado de Sinaloa, la cual tiene por objeto garantizar y promover el respeto y la protección efectiva de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales y del comportamiento; regular las bases y modalidades, para garantizar el acceso a los servicios de salud mental del estado de Sinaloa, con un enfoque de derechos humanos e incorporando la perspectiva de género; establecer los mecanismos y niveles adecuados para la promoción, prevención, evaluación, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y fomento de la salud mental en instituciones de salud pública del estado de Sinaloa, así como para personas físicas o morales de los sectores social y privado, que coadyuven en la prestación de servicios en los términos y modalidades establecidas.

También procura que las instituciones públicas, sociales y privadas planifiquen, administren y coordinen los servicios de salud mental; definir los mecanismos y lineamientos para promover la participación  de la población, en el desarrollo de los programas de salud mental del estado de Sinaloa; promover la erradicación de los prejuicios y estigmas contra las personas  que padecen perturbaciones emocionales, mentales, trastornos de la conducta y adicciones.

Precisa que el Gobierno del Estado, las Secretarías e instituciones públicas y sociales en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de garantizar el cumplimiento del derecho a la salud mental, mediante una política transversal, con respeto a los derechos humanos y con enfoque de género; las instituciones privadas que brinden atención a la salud mental están obligadas a cumplir, en el ámbito de su competencia con las disposiciones de esta ley, entre otros aspectos.

Este proyecto de ley consta de Sesenta y Nueve Artículos Naturales y  Siete Artículos Transitorios.

Posteriormente, se le dio trámite a la iniciativa presentada por la Diputada Claudia Liliana Valdez Aguilar, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para reformar el Artículo 276 de la Ley de Tránsito y Transportes del Estado de Sinaloa, con lo cual se busca “sentar las bases para modernizar este servicio público para armonizar con el aspecto social y el hecho de que en Sinaloa se impulsen cambios sustanciales para lograr el bienestar general a los habitantes de la entidad”.

Señala que a fin de mejorar el servicio de transporte público, serán motivo de sanción, cancelación de licencia o certificado de aptitud al conducto de las unidades destinadas a  esta prestación de transporte de pasajeros, que cometan infracciones como el adoptar una conducta de falta de respeto que implique faltas a la moral y al buen trato que se debe dar a  los usuarios, nieguen, impidan u obstaculicen el uso del servicio público a las personas con discapacidad.

Igualmente, estacionarse en rampas o en lugares reservados para vehículos de personas con discapacidad; a quien niegue prestar y  respetar la tarifa especial de servicio público a estudiantes en general; a los vehículos de transporte público de pasajeros que circulen con luces interiores de un color diferente a los permitidos por las normas técnicas correspondientes y que obstruyan la plena visibilidad; a los vehículos de transporte público colectivo de pasajeros que no circulen con cristales que sean transparentes en su totalidad, en los términos de la norma técnica correspondiente.

También, a los vehículos de transporte público colectivo de pasajeros que coloquen objetos de cualquier clase y que estos no permitan la visión periférica de las personas; conduzca durante la prestación del servicio, utilizando equipos de sonido, radios, telefonía, equipos de comunicación diversa o luces que distraigan y provoquen molestias al conductor, usuarios o terceros, salvo los  autorizados expresamente en virtud a sus características.

Por otra parte, se le dio primera lectura a la iniciativa presentada por el Diputado Ramón Barajas López, del Partido Revolucionario Institucional, para adicionar la fracción IV, al Artículo 4; y del Capítulo V denominado Presupuestos Participativos, al Título Segundo de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Sinaloa, con el objetivo de impulsar la participación ciudadana en las distintas fases del ciclo presupuestario y obligar a los gobernantes y funcionarios públicos a la transparencia y rendición de cuentas, además de que busca regular estos ejercicios y garantizar la inclusión de los ciudadanos en la toma de decisiones públicas, más allá del ámbito electoral.

Señala también que el Presupuesto Participativo tiene como principal objetivo la participación directa de la ciudadanía en este proceso, con el fin de establecer las principales demandas y preocupaciones de los vecinos y vecinas en materia generalmente de gastos –actividades, inversiones públicas-, e incluirlos en el presupuesto anual de la ciudad, priorizando los más importantes y realizando un seguimiento de los compromisos alcanzados.

En Asuntos Generales, fue el Diputado Héctor Melesio Cuén Ojeda, del Partido Sinaloense, el primero en hacer uso de la voz, para fijar un posicionamiento respecto a financiamiento público a los partidos políticos, y aprovechando la oportunidad para anunciar haber presentado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad sobre la Reforma Electoral aprobada en este recinto parlamentario.

Dijo que la solución “no es aportar más recursos a los partidos, mucho menos en momentos de crisis como la que vivimos. No es correcto que este Congreso acuerde incrementar el financiamiento a los partidos políticos cuando no hay dinero, por ejemplo, para mejorar la infraestructura educativa; a diario escuchamos de escuelas que no tienen pupitres, aires acondicionados, subestaciones eléctricas, entre otras necesidades”.

Reveló que la acción de inconstitucionalidad presentada, es sobre la reforma electoral aprobada en este Congreso Local; controversia contra la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, en su artículo 65, y reiteró al mencionar que para el año 2016, los partidos políticos habrán de repartirse 240 millones de pesos, cifra que calificó de elevada y fuera de la realidad.

Sobre el tema, el Diputado Jesús Enrique Hernández Chávez, del Partido Revolucionario Institucional, dijo que la reforma aprobada en su oportunidad por la LXI Legislatura es apegada a Derecho, aseguró que la resolución que en su momento externe la Suprema Corte de Justicia de la Nación, habrá de ser acatada por esta Soberanía, además de que de acuerdo al mandato federal, los Congresos locales, cuentan con la facultad para legislar sobre los porcentajes de distribución del presupuesto.

En otro tema, fue la Diputada Yudit del Rincón Castro, en su calidad de secretaria de la Diputación Permanente, la encargada de dar lectura al posicionamiento del Diputado Jesús Burgos Pinto, del Partido Revolucionario Institucional, en el que solicitó dictaminar la iniciativa por él, el 2 de diciembre del 2014 para reformar el artículo segundo del Decreto No. 177 por el que se declara adoptado en el Estado de Sinaloa el Sistema Procesal Penal Acusatorio y Oral y el inicio de vigencia gradual del Código Nacional de Procedimientos Penales.

“Dicha iniciativa, señala el legislador, pretende reordenar los grupos que por regiones de circuitos judiciales se aprobaron en el citado decreto, proponiendo independizar de la región centro-norte con sede en Angostura, a los municipios de Guasave y Sinaloa y crear su propia región”.

Este tema, fue respaldado por la Diputada Flor Esther Gastélum Vértiz, del Partido Revolucionario Institucional, y el Diputado Héctor Melesio Cuén Ojeda, del Partido Sinaloense, además de que el Diputado Jesús Enrique Hernández Chávez, en su calidad de Presidente de la Diputación Permanente, destacó la necesidad de la aplicación importancia de la aplicación del nuevo sistema penal en la entidad y los beneficios que esto tiene, además de solidarizarse con quienes de alguna manera se han visto en algún tipo de dificultad con la aplicación del mismo.

Finalmente, se citó a sesión para el próximo martes 25 de agosto a la hora de reglamento.