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La transparencia, uno de los objetivos clave del control parlamentario: Presidenta de JUCOPO

  • Congreso del Estado de Sinaloa
  • Julio 17, 2019

 

Uno de los objetivos clave del control parlamentario es mejorar la transparencia de las operaciones gubernamentales y mejorar la confianza del público en el gobierno, condición específica para la aplicación eficaz de la política, dijo Graciela Domínguez Nava.

El control parlamentario se ha convertido en una de las funciones sobresalientes de los poderes legislativos modernos, tal vez a la par de la función de crear y modificar leyes, dijo la presidenta de la Junta de Coordinación Política de esta 63 Legislatura.

En su discurso dentro del informe de actividades que presentó ante el Congreso Rosa del Carmen Lizárraga Félix, presidenta de la Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública, la diputada explicó que esta función parlamentaria consiste en diversos mecanismos entre los que se cuentan la fiscalización, las comparecencias y también los informes que rinden los demás órganos del Estado, empezando por los titulares de los Poderes, Ejecutivo y Judicial.

No escapan a este control los órganos constitucionales autónomos, mencionó la presidenta de la JUCOPO, en este informe de labores.

Domínguez Nava recordó que desde el 6 de enero de 1992 empezó en México la era de los órganos constitucionales autónomos.

El órgano garante federal de acceso a la información pública adquirió su autonomía con la reforma constitucional del 13 de septiembre de 1999, continuó.

Mediante una tesis de jurisprudencia, en el año 2008, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que en el ámbito local mexicano pueden crearse cuantos órganos se consideren indispensables para su desarrollo, así como atribuirles facultades y consignarles las limitaciones pertinentes.

La diputada explicó que en abril de 2002 se expide la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, que es abrogada por el Decreto del 4 de mayo de 2016 que expidió la vigente Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y que da sustento al actual órgano garante que hoy viene a rendir su informe.

La obligación de la CEAIP de informar a este Congreso está contemplada desde la Constitución Política del Estado de Sinaloa, cuyo artículo 109 Bis B dispone lo siguiente:

La Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública se integrará por tres comisionados. El comisionado presidente será designado por los propios comisionados, mediante voto secreto, por un periodo de dos años, con posibilidad de ser reelecto por un periodo igual. Estará obligado a rendir un informe anual ante el Congreso del Estado, en la fecha y en los términos que disponga la Ley”.

La ley reglamentaria, en su artículo 52, contempla que el informe sea presentado “durante el segundo periodo ordinario de sesiones” de este Poder Legislativo, a lo que este día se da puntual cumplimiento.

“Aparte de este acatamiento constitucional de rendición de cuentas, nos congratulamos que sea en esta 63 Legislatura, inédita una y otra vez, que la entrega y presentación de estos informes sean, en sí mismos, verdaderos actos de transparencia, porque más que el Congreso, reiterando la tesis de Stuart Mill, el destinatario de este informe es el pueblo sinaloense”.