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Iniciativas leídas en sesión ordinaria de 24 de octubre del 2019

  • Congreso del Estado de Sinaloa
  • Octubre 24, 2019

Penalizar la pornografía infantil, plantea el Diputado Pedro Alonso Villegas Lobo

Mayores penalizaciones en contra de la pornografía infantil ha promovido el Diputado Pedro Alonso Villegas Lobo, toda vez que el daño que se produce en la niñez, estamento social vulnerable, es de graves consecuencias.

Por ello propone reformar el párrafo segundo del artículo 274 Bis del Código Penal para el Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 274 Bis. …

Al que por cualquier medio fije, grabe o imprima actos de exhibicionismo corporal, lascivos o sexuales en que participen uno o más menores de dieciocho años se le impondrá la pena de ocho a catorce años de prisión y de quinientos a mil días de multa. La misma pena se impondrá a quien con fines de lucro o sin él, elabore, reproduzca, venda, arriende, exponga, publicite, distribuya, transmita, adquiera o posea el material a que se refieren las acciones anteriores”.

Aduce en su iniciativa: “En nuestro país se ha incrementado considerablemente el abuso sexual y pornografía infantil, afectando física y psicológicamente a los menores de edad que son involucrados en esa actividad; que con el fin de evitar la continuidad de producción y comercialización de material de pornografía infantil y su difusión por el mal uso de las redes y las tecnologías de información y comunicación se busca sea legislado en nuestro Estado la tipificación como delito dicha actividad, siendo necesario emitir reformas al Código Penal que complementen la tipificación existente sobre el mismo.

La iniciativa se turnó a la Secretaría para su segunda lectura.

Aumentar protección y derechos a personas con espectro autista en Sinaloa, propone el Diputado Apolinar García Carrera

A fin de proteger a las personas con la condición del espectro autista, el Diputado Apolinar García Carrera plantea al Pleno de la LXIII Legislatura  adiciiones a la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado de Sinaloa.

Aduce que si bien se cuenta con este ordenamiento, aún es insuficiente para garantizar los derechos consagrados en diversas leyes y tratados internacionales de los que nuestro país es parte, además de que estima que con sus propuestas, la ley en la materia estatal será más enriquecida.

Por ello propone adicionar las fracciones 11 Bis, VII Bis y XII Bis al artículo 2, y el Capítulo 111 Bis denominado “De la Secretaría de Educación”, y el artículo 14 Bis a la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado de Sinaloa para quedar como sigue:

“Artículo 2….

  1. a la 11….

11 Bis. Centro de Autismo de Sinaloa Centro de Autismo de Sinaloa, adscrito al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Sinaloa, cuyo objeto es brindar servicios de diagnóstico e intervención temprana a menores dentro del Trastorno del Espectro Autista (TEA), todo bajo los más altos estándares de calidad profesional y humana, orientado a mejorar la calidad de vida de los usuarios y sus familias.

  1. a la VII.

VIII Bis. Educación Inclusiva: Aquella que garantiza el acceso, permanencia, participación y aprendizaje de todos los estudiantes, con especial énfasis en aquéllos que están excluidos, marginados o en riesgo de estarlo por tener la condición del Espectro Autista;

VIII. a la XII. …

XII Bis. Maestra o maestro sombra: El docente con preparación pedagógica y psicológica especializada en el Trastorno del Espectro Autista que crea un puente de comunicación y entendimiento entre el niño y el ambiente escolar y, en general, con el entorno social;

XIII. a la XXI. …”, entre otras enmiendas.

La iniciativa se turnó a la Secretaría para su segunda lectura de Reglamento.

Grupo Parlamentario del PAN propone reformas a la  Ley de Coordinación de Sanidad e Inocuidad Agrícola del Estado de Sinaloa,

Con el propósito de incrementar en los ordenamientos que prohíban una práctica ancestral que provoca severos daños al medio ambiente, toda vez que la quema de soca genera un efecto invernadero que produce desastrosas consecuencias y a que las autoridades han sido omisas y no se cumple con la ley ambiental ni a las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos de uso agropecuario establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-015- SEMARNAT/SAGARPA-2007, el Grupo Parlamentario del PAN presentó iniciativa de reformas a la Ley de Coordinación de Sanidad e Inocuidad Agrícola del Estado de Sinaloa.

La población no cumple con la disposición que prohíbe la quema de soca y esquilmos agrícolas, señalan en su iniciativa,  por lo que se hace necesaria ampliar las normas que sancionan dicha conducta, a fin de eliminar cualquier espacio que permita continuar con esa práctica que daña el suelo y subsuelo del campo sinaloense.

Por ello proponen la reforma a la fracción XIV al artículo 7 de la Ley de Coordinación de Sanidad e Inocuidad Agrícola del Estado de Sinaloa, para quedar como sigue:

“Artículo 7 . …

1 a XIII. .. .

XIV. Coadyuvar en la vigilancia y denuncia con las autoridades competentes de actividades relacionadas con la prohibición de la quema de soca y esquilmos agrícolas cuya destrucción y eliminación se hará mediante diversos métodos como: trilla, rastreo u otros, que permitan que sean utilizados como composta, abono orgánico, alimento para animales, o bien, que sean reintegrados a la capa arable de la tierra con el propósito de que se fortalezcan las propiedades del suelo al reintegrarle los nutrientes que la actividad del hombre ha tomado previamente;

  1. a XLVII. .. .”.

Una vez conocida por el Pleno, la iniciativa se turnó a la Secretaría para su segunda lectura de Reglamento.

Reformas al Código Penal y la Ley de Responsabilidades Administrativo, ambas del Estado de Sinaloa, en materia de corrupción, propone la Diputada Beatriz Adriana Zárate Valenzuela

Al señalar que la corrupción es un problema grave y complejo que afecta en mayor o menor medida a todos los países del mundo, la Diputada Beatriz Adriana Zárate Valenzuela, y los ciudadanos María Inés Pérez Corral y  Héctor Javier García Laija, presentan al Pleno reformas al Código Penal y a la Ley de Responsabilidades Administrativas, ambos ordenamientos del Estado de Sinaloa.

México y Sinaloa han padecido de altos índices de corrupción, los cuales han generado una gran desconfianza hacia las instituciones públicas y hacen visibles los efectos negativos que tiene la corrupción en la inversión, en la productividad, e incluso en el bienestar de las familias; Transparencia Mexicana identifica que “el grueso de las medidas adoptadas por este país es de carácter preventivo, y muchas de ellas han resultado ineficaces”; en contraste, anota, “un número limitado de las acciones  anticorrupción en México conducen a la sanción, la recuperación de activos robados o la reparación del daño a las víctimas”.

Volviendo al caso específico de México y Sinaloa, es en las fuerzas policíacas, en los partidos políticos, en las dependencias y entes públicos de los gobiernos estatales y municipales los principales sectores donde se ha percibido una mayor corrupción. Lo cual puede llegar a ser corroborado por los mismos tipos de trámites en donde se percibe con mayor frecuencia este delito. Los trámites que representan un mayor porcentaje en la comisión de éste delito son: permisos relacionado con la propiedad; otros pagos, trámites o solicitudes; trámites ante el ministerio público; y trámites ante juzgados o tribunales.

Prácticamente la percepción sobre la frecuencia de corrupción se encuentra en todos los ámbitos de gobierno, por lo que además de los sectores anteriormente mencionados también se encuadran en esta percepción a los diputados y senadores, a los gobiernos municipales, al gobierno federal, a los institutos electorales, sindicatos, jueces y magistrados, empresarios y medios de comunicación.

Los delitos cometidos por servidores públicos vulneran los derechos humanos, ya que el desvío de recursos o de sus mismas facultades y obligaciones conllevan a una desigualdad social aparentemente imperceptible, pero que genera un daño directo a las  oportunidades de desarrollo para mejorar el bienestar y calidad de vida de las personas. Siendo fundamental contribuir en uno de los principales objetivos de nuestro nuevo sistema de anticorrupción, que es acabar con la corrupción, ya que las repercusiones ocasionadas por este mal en Sinaloa y México tienen un mayor significado social del que se estima.

La presente iniciativa busca crear un marco jurídico eficaz, que permita el fincamiento de responsabilidades respecto de los delitos cometidos por servidores públicos contra el patrimonio de la administración pública, con el propósito de combatir la corrupción  y la impunidad.

Entre sus propuestas de reforma está adicionar el artículo 129 Bis y un segundo párrafo al artículo 297 del  Código Penal para el Estado de Sinaloa para quedar como sigue:

“ARTÍCULO 129 Bis. Será imprescriptible la acción penal por cometer los delitos de ejercicio indebido y abandono del servicio público, desempeño irregular de la función pública, abuso de autoridad, intimidación, peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, negociaciones ilícitas, y cualquier otro delito que constituya falta administrativa grave que cometa un servidor público y que le genere beneficios económicos, a sí mismo o para su cónyuge, parientes consanguíneos, parientes civiles o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte.

ARTÍCULO 297. …

La acción penal por cometer los delitos del presente título y cualquier otro que constituya falta administrativa grave que cometan los servidores públicos y que le genere beneficios económicos, a sí mismo o para su cónyuge, parientes consanguíneos, parientes civiles o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes  referidas formen parte será imprescriptible”.

La iniciativa se turnó a la Secretaría para su segunda lectura de Reglamento.