Incremento al ISN será diferenciado

– Además se expide la Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado de Sinaloa.
Las y los diputados de la LXII Legislatura aprobaron el dictamen con el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Hacienda del Estado y expide la Ley que Regula las Casas de Empeño del Estado, además se deroga el artículo quinto transitorio del decreto número 143, publicado en el Periódico Oficial número 124 del 12 de octubre de 1990.
Lo anterior, a fin de determinar una nueva tasa en materia de Impuesto Sobre Nómina el cual “se determinará sobre el monto total de las erogaciones gravadas, realizadas por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado (base gravable), mediante la aplicación de la tarifa de procedimientos siguiente:
TARIFA | ||
---|---|---|
Límite Inferior | Límite Superior | Por ciento a aplicar sobre base gravable |
$ | $ | % |
0.01 | 500,000.00 | 2.40 |
500,000.01 | 700,000.00 | 2.60 |
700,000.01 | 900,000.00 | 2.80 |
900,000.01 | En adelante | 3.00 |
Con esta aprobación también se reforma el artículo 33 de la citada ley, con la finalidad de que sea el Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Turismo, quien administre el recurso recaudado por el Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje y además realice las acciones de fomento, desarrollo, promoción y difusión del Sector Turístico de cada municipio, potencializando al máximo dichos recursos, pudiendo mezclarlo con programas federales en beneficio del turismo estatal y otros sectores que lo componen.Para los efectos de este artículo, la base gravable se ubicará dentro de los límites establecidos en columnas denominadas límite inferior y límite superior de la tarifa. A la base gravable se le aplicará el porcentaje que para el mismo renglón se establece en la última columna”.
Más adelante, se precisa que desde 1997, se estableció en Sinaloa el impuesto Sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos de toda clase, cuyo objeto se circunscribe a la obtención de premios derivados de estas actividades; ley que detalla entre otras cosas el objeto, los sujetos, la base, la tasa, el momento de causación y la época de pago de este impuesto, así como las obligaciones de los sujetos del impuesto y cita igualmente, la necesidad de establecer un impuesto tanto a los casinos como a quienes obtengan un premio en los mismos, el monto del impuesto se calculará, aplicando la base gravable a una tasa del seis por ciento, gravamen que deberá ser retenido por las personas o instituciones que organicen, celebren los eventos, o entreguen los premios; retención que deben hacer al momento de realizar la entrega del premio.
Se expide también la Ley que Regula las Casas de empeño en el Estado de Sinaloa y tiene por objeto regular la instalación y el funcionamiento de todos aquellos establecimientos que, en forma habitual o profesional, realicen u oferten al público contrataciones u operaciones de muto interés y garantía prendaria.
Corresponderá al Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, la aplicación, en el ámbito de su respectiva competencia.
Este nuevo mandato establece que los permisos que se otorguen serán válidos por un año a partir de la fecha de su autorización y cubrirá a la casa de empeño para la que haya sido solicitado. En caso de que el permisionario desee establecer sucursales u otro establecimiento deberá cumplir con los trámites y requisitos que para tal efecto establece la ley; menciona los requisitos a cubrir para la obtención del permiso para la instalación y funcionamiento de las casas de empeño, como también contempla lo relativo a la modificación del permiso, la revalidación del mismo, reposición del permiso, así como un Registro Estatal de Casas de Empeño, entre otros puntos.
La citada iniciativa de ley, consta de Sesenta y dos Artículos Naturales así como por Nueve Artículos Transitorios y se turnó a la Secretaría para su segunda lectura de Reglamento.
Cabe destacar, que durante la discusión en lo general hicieron uso de la voz los diputados Efrén Lerma Herrera del Partido de la Revolución Democrática y Jesús Baltazar Rendón Sánchez del Partido MORENA, quienes se expresaron en contra de las reformas, toda vez que consideran que incrementar impuestos no es una solución a la difícil situación económica por la que se atraviesa, y por el contrario se afecta la creación de empleos y de nuevas empresas, por lo que se deben de buscar mecanismos con los que se puedan obtener recursos sin realizar esas afectaciones.
Cabe destacar, que tras la aprobación en lo general, el diputado Carlos Castaños Valenzuela, la diputada Sylvia Treviño Salinas y el diputado Zenén Aarón Xóchihua Enciso, todos del Partido Acción Nacional, presentaron reservas a los artículos 18, 33 y al 10mo Transitorio, respectivamente, modificaciones que fueron sometidas a consideración del Pleno y aprobándose únicamente la presentada por Xóchihua Enciso, para quedar de la siguiente manera:
“Décimo.- Los municipios del Estado participarán de los ingresos obtenidos por la recaudación de los impuestos en materia de apuestas y sorteos previstos en el presente Decreto, derivados del artículo cuarto del mismo, en un cincuenta por ciento del total de los ingresos recaudados en el ejercicio fiscal correspondiente”.
Por otra parte, se aprobó el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda Pública y Administración de la iniciativa presentada por la diputada Irma Tirado Sandoval y los diputados Roberto Cruz Castro, Moisés Aarón Rivas Loaiza y Víctor Manuel Godoy Angulo, en materia de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con la cual se promueve la integración de un fondo para financiar la creación, crecimiento y desarrollo de las mismas, logrando que sean viables, formales, productivas, competitivas y sustentables.
Documento en el que también señalan que el cumplimiento de las aspiraciones de desarrollo económico y social en la entidad, implica para la sociedad y el gobierno, un esfuerzo deliberado y consciente, para formular un proyecto estatal viable de desarrollo de sus ventajas comparativas, mismas que lo distinguen a nivel nacional.
Las reformas propuestas a diversos artículos, ente ellos la fracción X del Artículo 3 de la citada ley, quedaría así:
“Artículo 3. . .
X. fondo Sinaloa Trabaja: política pública permanente de desarrollo empresarial, operada por la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno del Estado en coadyuvancia con el gobierno Federal que tiene como objetivo apoyar a la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del Estado, con créditos a las tasas más competitivas del mercado, en aquellos proyectos e inversiones productivas que sean viables y que generen empleo o autoempleo, mediante la creación de Fideicomisos o de la administración directa de los órganos encargados de administrarlo.”
Más adelante señala en el:
“Artículo 37 Bis D. para la constitución del Fondo, se canalizarán recursos provenientes de:
Una partida especial determinada anualmente en el Presupuesto de Egresos del Estrado, adicional al monto asignado a la Secretaría de Desarrollo Económico;
Los recursos que conforme a las disposiciones correspondientes y a los convenios de participación concurrente se celebren por la Secretaría de Desarrollo Económico al efecto, puedan destinar el Gobierno Federal y Estatal de encontrarse en capacidad para ello;
Los recursos que conforme a las disposiciones correspondientes y a los convenios celebrados con las instituciones financieras se obtengan mediante los diversos mecanismos de apalancamiento.
La revolvencia del Fondo Sinaloa Trabaja.
Los apoyos, recursos e ingresos que el Consejo Estatal para la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas determine asignar al Fondo Sinaloa Trabaja”.
En otra parte, asienta en el Artículo 37 Bis F.
“Artículo 37 Bis F. El Congreso del Estado de Sinaloa asignará anualmente en el presupuesto de egresos del estado, por concepto del Fondo Sinaloa Trabaja, el equivalente al 1 por ciento como mínimo del monto asignado en dicho presupuesto al rubro de finalidad “Desarrollo Económico”.
Del monto que se asigne, el 5 por ciento será utilizado para gastos de operación del Fondo Sinaloa Trabaja y en ningún momento podrán ser destinados a sueldos, salarios o cualquier remuneración personal”, entre otras reformas propuestas.
En Asuntos Generales, los diputados Moisés Aarón Rivas Loaiza, Roberto Cruz Castro, y Víctor Manuel Godoy Angulo, realizaron posicionamientos sobre la aprobación de la reforma en materia de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, destacando que la misma apoya el desarrollo vía emprendimiento, se crea un fondo económico con el que se apoyará a los sinaloenses que en el rezago han buscado se les brinde una oportunidad, con las cuales se mejoran sus condiciones de trabajo y calidad de vida.
Agradecieron el interés que diputadas y diputados pusieron en el tema para que pudiera salir adelante y hacer de Sinaloa Trabaja una realidad, invitaron a todos los empresarios a que si solicitan crédito de ese fondo, lo hagan con la conciencia de que en Sinaloa todos deben participar con orden y responsabilidad para avanzar; que ese fondo servirá para “quien quiera salir adelante”, y que habrá que divulgar más dicho fondo, para acercarlo a quienes lo requieran.
Finalmente, se clausuró la sesión y el presidente de la Mesa Directiva citó a sesión extraordinaria para este viernes 09 de diciembre a las 17:00 horas.