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Dictaminan eliminar plazo de 1 año para demandar pensión alimenticia

  • Congreso del Estado de Sinaloa
  • Noviembre 29, 2019

La Comisión de Equidad, Género y Familia aprobó dictamen que deroga el párrafo segundo del artículo 171 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, que limita a los concubinos a un año el plazo para demandar pensión alimenticia después de la separación.

La presidenta de esta comisión, Francisca Abelló Jordá, dijo que la aprobación de este dictamen se da dentro de los 16 días de activismo que realiza el Congreso del Estado con motivo de la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer.

De acuerdo con el dictamen, se estima discriminatorio que el derecho a pedir alimentos por parte de la concubina o concubino en el estado se sujete al plazo de un año siguiente a su cesación.

Mientras que en el matrimonio se extingue cuando el acreedor contrae nuevas nupcias o se una en concubinato o haya transcurrido un término igual a la duración del mismo, porque el concubinato persigue los mismos fines del matrimonio en cuanto a la constitución de una familia.

La aprobación se dio por unanimidad de las diputadas presentes: Francisca Abelló Jordá, Flor Emilia Guerra Mena, Mónica López Hernández y Jesús Angélica Díaz Quiñónez.

El artículo 171 del Código citado establece:

“Al cesar la vida en común, la concubina o el concubino que carezca de ingresos o bienes suficientes para su sostenimiento, tiene derecho a una pensión alimenticia por un tiempo igual al que haya durado el concubinato, a no ser que quien demande, haya demostrado ingratitud o viva en concubinato o contraiga matrimonio”.

El segundo párrafo de este artículo que se propone eliminar señala: “Este derecho podrá ejercitarse sólo durante el año siguiente a la cesación del concubinato”.

En los considerandos que sustentan el dictamen se estable que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto que es imprescriptible el tiempo para demandar pensión alimenticia por parte de los concubinos luego de separarse.

A la Comisión de Equidad, Género y Familia le fue turnada para su estudio y elaboración de dictamen, tres iniciativas, la primera presentada por la ciudadana Alma Concepción Flores Verduzco; la segunda, por la diputada Jesús Angélica Díaz Quiñónez y el ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño; y la tercera por la legisladora María Victoria Sánchez Peña.

La comisión resolvió pertinente reformar el segundo párrafo del artículo 171 del Código Familiar del Estado de Sinaloa en materia de alimentos en la figura del Concubinato.

En un único artículo transitorio se establece que el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.

Este dictamen será presentado al Pleno para su lectura, discusión y en su caso votación.