Aprueba Congreso suprimir figura de Consejería Jurídica

El Pleno del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad de votos suprimir la figura de Consejería Jurídica de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal para permitir una reconfiguración del Reglamento Orgánico de la Administración Pública y otorgar nuevas facultades a la Secretaría General de Gobierno.
La correspondiente iniciativa fue presentada por diputadas y diputados integrantes del grupo parlamentario de Morena para reformar y derogar diversas disposiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública y la Ley de Entidades Paraestatales, ambas del estado de Sinaloa.
Al someterse al pleno el correspondiente dictamen elaborado previamente por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, se tuvieron 35 votos a favor. No votaron cinco diputadas y diputados, de los cuales dos presentaron justificante para no asistir a la sesión de este jueves.
La aprobación se dio sin que hubiera participaciones de diputadas en contra o a favor del dictamen.
La Ley Orgánica de la Administración Pública vigente establece que la Administración Pública estatal se integrará con las Secretarías, Consejería Jurídica y Entidades Administrativas cuyas denominaciones, estructuras y atribuciones se establecerán en los Reglamentos y demás disposiciones que expida el Gobernador.
Actualmente la representación legal del poder Ejecutivo está concentrada en la figura de la Consejería Jurídica.
Con la propuesta de suprimir la Consejería Jurídica se busca que el poder Ejecutivo Estatal tenga las condiciones necesarias de rediseñar, a través de disposiciones reglamentarias, el alcance de las diversas áreas que habrán de ejercer la representación legal.
En consecuencia se incorpora a la Secretaría General de Gobierno como integrante de los órganos de gobierno y, en su caso, de los comités técnicos de las entidades paraestatales.
Le otorga a quien encabece esta secretaría, la facultad de nombrar y remover libremente al titular del área jurídica o al servidor público de cualquier denominación que desempeñe funciones de asesoría o representación jurídica de las entidades paraestatales
Así, el nuevo gobierno estatal podrá reordenar las relaciones interinstitucionales en el poder Ejecutivo y afianzar una estructura de la administración pública que le garantice las herramientas indispensables de una operación ordenada, austera, eficiente y de mayor control entre las distintas áreas que conforman tanto la administración centralizada como la paraestatal.
En los artículos 3 y 4 transitorios del Decreto aprobado se establece que:
Aquellas entidades paraestatales que no dispongan de un área de asesoría jurídica específica y que a juicio del Gobernador Constitucional del Estado requieran de una, en razón de su objeto, atribuciones o recursos públicos que ejercen, integrarán a su proyecto de presupuesto para el próximo ejercicio fiscal un área de Asuntos Jurídicos en su estructura orgánica.
El nombramiento y remoción de los titulares de las áreas jurídicas de las entidades paraestatales, será atribución vigente del Secretario General de Gobierno, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, aún y cuando el instrumento jurídico que les dio origen no haya sido adecuado a esta disposición.