Recomendaciones de Sistema Anticorrupción deben tener respaldo social: panelistas

Aunque no son vinculantes, las recomendaciones que emite el Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción sí tienen sustento jurídico y su aceptación tienen que ver con la voluntad de las autoridades a las que van dirigidas, así como con el posible respaldo social que puedan tener.
Lo anterior lo señalaron Sergio Avendaño Coronel y Francisco Javier Lizárraga Valdez, al participar en el Panel Virtual El Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción y las Recomendaciones no Vinculantes, organizado por el Congreso del Estado y la Federación Mexicana de Colegios de Abogados.
En el panel también participó Enrique Hubbard Urrea, quien comentó el tratamiento que se le está dando a una recomendación no vinculante, relativa a las funciones de los Órganos Internos de Control de los Ayuntamientos y los Síndicos Procuradores o Síndicas Procuradoras.
Las palabras de bienvenida estuvieron a cargo de la diputada Cecilia Covarrubias González, presidenta de la Comisión de Transparencia, Anticorrupción y Participación Ciudadana del Congreso del Estado.
La directora del Instituto de Investigaciones Parlamentarias del Congreso del Estado, Sonia Escalante López, participó como moderadora.
En su participación, Sergio Avendaño, quien es integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción, explicó lo que es y para qué sirve una recomendación no vinculante.
“Es un instrumento jurídico del que se dota a un organismo, a través de una ley específica, para que pueda emitir sugerencias –no órdenes–, tendientes al mejoramiento de procesos, estructuras, normatividad y actos en genera emanados de órganos estatales o servidores públicos”, explicó.
De la característica no vinculante, aclaró que es generalizada entre todos los organismos, incluyendo la Comisión Nacional de Derechos Humanos y otros.
Una recomendación no vinculante, agregó, tampoco constituye un acto de autoridad que por sí mismo pueda modificar o extinguir situaciones jurídicas concretas.
Además, observo que la aceptación de la recomendación no vinculante depende de la voluntad política en la respuesta que dé el destinatario.
Aun así, expuso que se puede dotar de obligatoriedad, de facto, a una recomendación en la medida en que no se deje a la autoridad destinataria otra salida que aceptarla.
Para lograrlo, dijo que la recomendación debe justificar la necesidad de la medida recomendada y obtener el respaldo social, y para avanzar en esto último consideró importante establecer alianzas ciudadanas.
Francisco Javier Lizárraga, secretario técnico del Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción, explicó el seguimiento que se le da a una recomendación no vinculante.
Resaltó como importante la fase en que representantes de la autoridad a la que va destinada una recomendación no vinculante, aceptan trabajar en mecanismos de respuesta para atender la recomendación.
Aclaró que una autoridad receptora de una recomendación, también tiene la posibilidad de rechazarla, para lo cual debe fundar y motivar el rechazo, o bien solicitar una aclaración.
Por su parte, Enrique Hubbard, presidente del Comité Coordinador del Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción, habló sobre el seguimiento que se le está dando a una recomendación no vinculante destinada a los 18 Ayuntamientos de Sinaloa.
Ello, en el sentido de eliminar las discrepancias en cuanto a funciones de sus Órganos Internos de Control y las Síndicas Procuradoras.
Paralelamente informó que se envío una iniciativa de ley al Congreso del Estado para salvar esas diferencias en la legislación establecida.
La clausura del Panel estuvo a cargo de la representante de la Federación Mexicana de Colegios de Abogados, Alma Bernal, quien agradeció al Congreso del Estado la apertura para realizar este tipo de eventos.