Determina Comisión 11 proyectos de reformas y adiciones y dos de pensiones

La Comisión de Protocolo y Régimen Orgánico Interior del Congreso del Estado de Sinaloa determinó por unanimidad que 11 proyectos de reformas y adiciones de leyes y otros dos de pensiones cumplen los requisitos para continuar su proceso legislativo.
Votaron a favor de las determinaciones las diputadas Felicita Pompa Robles, Almendra Ernestina Negrete Sánchez, María del Rosario Osuna Gutiérrez y Giovanna Morachis Paperini y el diputado Serapio Vargas Ramírez, presidenta, secretaria y vocales, respectivamente.
Los 11 proyectos de determinaciones de reformas y adiciones a leyes son los siguientes:
*Diputadas y diputados integrantes del grupo parlamentario de Morena son autores de dos de las iniciativas determinadas:
*Proponen reformas y adiciones diversas al Código Penal y a la Ley de Salud del Estado de Sinaloa, ambas del estado de Sinaloa.
Tiene como objeto establecer dentro del Código Penal que la interrupción del embarazo es el aborto del producto después de la décimo cuarta semana de gestación.
Asimismo, se establece que comete el delito de interrupción forzada del embarazo la persona que mediante cualquier medio y en cualquier momento produzca o practique a la mujer o persona gestante la interrupción de su embarazo sin su consentimiento.
Se propone pena de seis a veinte años de prisión si se produce la interrupción del embarazo a la mujer o persona gestante y de ocho a veinte años de prisión si con la interrupción del embarazo se produce además la perdida de la aptitud o capacidad reproductiva de la víctima.
Se propone instituir que las instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de salud en el estado de Sinaloa, deberán proveer el servicio para la interrupción del embarazo en condiciones de calidad y salubridad, garantizando la dignidad humana de las mujeres y personas gestantes, manifestando que en el caso de las instituciones públicas el servicio será gratuito.
*Proponen reformar la fracción I del artículo 4 Bis A de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto establecer que toda persona tiene derecho a que se respete su vida, instituyendo que el Estado tutela el derecho a la vida respetando en todo momento la dignidad de las personas.
La diputada Gloria Himelda Félix Niebla, del PRI, es autora de tres iniciativas determinadas:
*Propone adicionar un tercer párrafo al artículo 53 BIS B y una fracción IV Bis al artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto establecer un programa general de carácter específico, para la detección de estereotipos de género en las actuaciones inherentes a procesos penales que versen sobre delitos sexuales, a fin de aplicar protocolos y medidas para su eliminación.
Asimismo, presentar al pleno del Supremo Tribunal un programa general de carácter permanente capacitación, sensibilización y formación especializada para juzgadores y personal judicial en materia penal a fin de que en los procesos que versen sobre delitos contra las libertades sexuales y los derechos reproductivos puedan identificar los estereotipos de género y apliquen medidas para su eliminación.
*Propone adicionar una fracción IX Bis al artículo 8 y un segundo párrafo al artículo 21 Bis A de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto establecer dentro de las facultades de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, el generar, adecuar y actualizar protocolos estandarizados para la investigación de delitos contra la libertad sexual y los derechos reproductivos.
Asimismo, que la Fiscalía General establecerá, implementará y actualizará un programa general de carácter permanente de capacitación, sensibilización y formación especializadas para participantes en la investigación de los delitos contra las libertades sexuales y los derechos reproductivos mediante el cual pueden identificar los estereotipos de género asociados a estos casos, y procedan a la aplicación de los protocolos correspondientes a fin de lograr la eliminación de dichos estereotipos.
*Propone adicionar un artículo 186 Bis al Código Penal para el Estado de Sinaloa.
Tiene por objeto establecer la presunción legal a nivel valoración de las pruebas en sede jurisdiccional, no afectando la falta de congruencia en los diversos testimonios de las víctimas de delitos sexuales o de violencia sexual, ya que está asociada al estrés post traumático y no como una prueba fehaciente de la falta de credibilidad de la víctima.
Tres de las iniciativas determinadas son autoría del diputado Ricardo Madrid Pérez, del PRI:
*Propone reformar el artículo 241 Bis C y derogar sus fracciones I a VI del Código Penal para el Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto modificar el Código Penal para establecer que la persecución del delito de violencia familiar sea de oficio en todos los supuestos facticos para evitar el requisito indispensable de querella de parte ofendida.
*Propone reformar el segundo párrafo y derogar el tercer párrafo de la fracción II del apartado B, del artículo 187 del Código Familiar para el Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto, con respecto a la guarda y custodia de los menores como medida provisional en el caso de admisión de una demanda de divorcio, debe ser otorgada por el juez sin que medie alguna presunción legal y atendiendo en todo momento el interés superior de la niñez sinaloense.
*Propone reformar la fracción XVII y adicionar la fracción XVIII recorriéndose la subsecuente fracción para quedar como XIX del artículo 58 y la fracción III Bis al artículo 47 de la Ley de Protección Civil para el Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto principal gestionar y realizar las acciones encaminadas a la identificación, análisis y reducción del riesgo de desastres, la promoción al desarrollo de la cultura social de la prevención y la autoprotección ciudadana, asimismo autorizar, vigilar y supervisar en coadyuvancía con los encargados de protección civil de los municipios, la utilización de pirotecnia en eventos masivos o populares.
*Iniciativa del diputado Luis Javier de la Rocha Zazueta, del PRI, quien propone expedir la Ley de Emergencia Económica para el Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto que las medidas económicas que el Ejecutivo estatal determine de forma temporal, ante una inestabilidad o depresión económica, fuerza mayor o contingencia sanitaria, su ejecución sea en total apego a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los tratados internacionales de los que el Estado sea parte.
*Iniciativa del diputado Adolfo Beltrán Corrales, quien propone adicionar la fracción V recorriéndose el orden de las subsecuentes al artículo 26, el Capítulo III Bis denominado “Servicios de la Interrupción del Embarazo”, al Título Quinto y los artículos 86 Bis, 86 Bis 1, 86 Bis 2, 86 Bis 3 y 86 Bis 4 a la Ley de Salud del Estado de Sinaloa.
Tiene como objeto establecer dentro del catálogo de los servicios básicos del derecho a la protección de la salud la interrupción del embarazo, asimismo adicionar un nuevo Capítulo denominado “Servicios de Interrupción del Embarazo”, dentro del cual se propone que las instituciones públicas que integran el Sistema Estatal de Salud, deberán garantizar el derecho de todas las mujeres a la interrupción del embarazo, en los supuestos permitidos en la legislación aplicable y cuando la mujer embarazada así lo solicite; garantizando la no discriminación, la gratuidad, la accesibilidad, aceptabilidad y la calidad del servicio.
*Iniciativa de los ciudadanos Gerardo Octavio Vargas Landeros presidente Municipal de Ahome, y presidente del Consejo Directivo de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Ahome; Raúl Alfredo Pérez Miranda, Gerente General de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Ahome y Secretario de su Consejo Directivo.
Proponen actualizar las cuotas que se cobran en área comercial, de acuerdo al Índice Nacional de Precios al Consumidor.