Da Pleno lectura a 7 iniciativas; una sancionará imputación de falsa paternidad

El Congreso del Estado de Sinaloa dio lectura a 7 iniciativas, seis de las cuales son para otorgar pensiones por muerte y una para sancionar la imputación de falsa paternidad.
Esta última iniciativa corresponde a la ciudadana Jesús Angélica Díaz Quiñónez y al ciudadano Víctor Antonio Corrales Burgueño.
Proponen adicionar un Capítulo VIII Bis, denominado “De la Falsa Imputación de la Paternidad”, al Título Octavo de la Filiación, del Libro Primero de las Personas Físicas y Familia, y el artículo 310 Bis, al Código Familiar del Estado de Sinaloa
El objeto es que se sancione a aquellas personas que a sabiendas, imputen una paternidad falsa
En los considerandos de la iniciativa se señala que cuando una mujer engaña (dolo) al hijo en relación a su verdadero padre, afecta a la identidad del menor de edad, es decir, el hijo o hija está llevando un apellido que no es el legítimo.
Se indica que los actos cometidos en relación a falsa paternidad, suelen ocasionar situaciones traumáticas para las familias y especialmente para los niños y niñas, los cuales, en los casos de que las sentencias declaren la inexistencia de filiación modifican inmediatamente los apellidos, en detrimento de la identidad que el menor de edad siente como propia, derecho de identidad que es inalienable.
Con base en ello, los autores de la iniciativa consideran que esta adición a la normativa familiar será de gran beneficio para evitar que más casos de falsas paternidades se den en Sinaloa.
Esta situación, indican, afecta particularmente a las personas más vulnerables; es decir, los hijos menores de edad; en especial, en los casos de que la prueba de ADN resulte negativa de paternidad, lo cual puede causar un gran impacto psicológico del menor, al enterarse que la persona que tenía como padre durante muchos años, en realidad, no es su padre.
El artículo propuesto para adicionarse señala que:
“Cuando fuere demostrada la inexistencia de la relación paterno-filial, las personas que a sabiendas hayan participado en la falsa imputación de paternidad, perderán todo derecho para exigir alimentos o para heredar los bienes de aquél a quien se le causó el engaño, así como también dará lugar a la reparación del daño moral”.