Aprueban Comisiones expedir Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral

Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, Asuntos Obreros y de Trabajo y Previsión Social, y de Justicia, del Congreso del Estado de Sinaloa, de forma unánime, aprobaron expedir la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sinaloa.
Diputadas y diputados, en sesión de Comisiones unidas, resolvieron pertinente expedir la Ley Orgánica del Centro de Conciliación Laboral, reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de la Defensoría Pública, todas del Estado de Sinaloa.
La expedición de esta ley es con el objeto de mejorar la productividad, generar beneficios tanto a los patrones como a los trabajadores, mejorar las condiciones de trabajo y recuperar la confianza de la justicia laboral, buscando incrementar la eficiencia del sistema de impartición de justicia laboral.
Esto con la finalidad de que los conflictos suscitados entre patrón y las personas trabajadoras, lleguen a una resolución pronta, expedita y con justicia para todas las partes.
El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sinaloa es un organismo descentralizado de la administración pública paraestatal, especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, dotado de plena autonomía técnica operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión.
Este centro estará sectorizado en la Secretaría General de Gobierno.
El Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sinaloa, podrá contar con las delegaciones que estime pertinentes en el territorio del Estado, las cuales tendrán por objeto prestar el servicio público de conciliación laboral para la resolución de los conflictos entre trabajadores y patrones en asuntos del orden local, antes de presentar demanda ante los órganos jurisdiccionales en material laboral.
Las relaciones de trabajo entre el Centro de Conciliación Laboral y su personal se regirán por la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa. Contará con un sistema de Servicio Profesional de Carrera, de acuerdo con la Ley Federal de los Trabajadores.
Las atribuciones del Centro serán las siguientes:
Para el ejercicio de las atribuciones y el despacho de los asuntos que le competen, el Centro estará integrada por:
La Junta de Gobierno.
Comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, Asuntos Obreros y de Trabajo y Previsión Social, y de Justicia, dictaminaron siete iniciativas.
En los artículos transitorios se estable que los juzgados en materia laboral del Poder Judicial y el Centro de Conciliación Laboral entrarán en funciones una vez que el Congreso del Estado haga la declaratoria correspondiente, la cual deberá publicarse en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.
La Junta Local de Conciliación y Arbitraje, al concluir con sus funciones, deberá transferir los expedientes y documentación que, en el ámbito de su competencia tenga bajo su custodia, al Centro de Conciliación Laboral, del Poder Ejecutivo.
El Centro de Conciliación Laboral y los Juzgados en materia laboral del Poder Judicial iniciarán actividades a más tardar el día 02 de mayo del año 2022, previa declaratoria del H. Congreso del Estado de Sinaloa.