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Ante el Pleno dan lectura a dictámenes de informes individuales de cuentas públicas

  • Congreso del Estado de Sinaloa
  • Julio 16, 2019

Diputados dieron primera lectura a dictámenes de informe individual de la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública de nueve municipios.

Ante el Pleno se le dieron lectura a los dictámenes de Angostura, Badiraguato, El Fuerte, Elota, Escuinapa, Guasave, Mocorito, Navolato y Rosario.

Marco Antonio Zazueta Zazueta, presidente de la Comisión de Fiscalización, mencionó que los municipios que subieron a primera lectura, son los que la ASE dijo no habían cumplido con las disposiciones legales en la materia para ser aprobado su informe de cuenta pública.

El municipio de Sinaloa es otro de los que la ASE rechazó, el cual subirá a lectura en la sesión del próximo jueves, añadió el legislador entrevistado por los periodistas en la sesión de este martes 16 de julio.

A pregunta expresa, coincidió que el tema no se debe de politizar, por eso, prosiguió, al valorar todos los informes, consideraron que no había un argumento sólido por el cual aprobar unos y rechazar a otros.

“Hubo discriminación al momento de la determinación que se hizo, porque coincidimos que ambos aprobados y no aprobados incumplen en lo mismo, tienen las mismas deficiencias, violan las mismas leyes”, explicó.

Reiteró que los hallazgos son los mismos en los aprobados y los no aprobados.

“Consideramos que no están correctos los ejercicios que están llevando acabo los entes en la aplicación del recursos público, entonces por eso decidimos rechazarlos”.

Explicó que la Comisión de Fiscalización se respaldó en la Constitución del Estado, artículo 43, Fracción XXII, donde se les da facultades para dictaminar y subir al Pleno para que sea aprobado o rechazado, de igual forma en la Ley Orgánica.

Dentro de los dictámenes, se expone que el artículo 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, establece como facultad exclusiva del Congreso, revisar y fiscalizar la cuenta pública del año anterior, discutiendo, aprobando o rechazando, en su caso, el dictamen del Informe General del Resultado.

Así como de los Informes Individuales de la Revisión y Fiscalización de la Cuenta Pública de Gobierno del Estado y de los Gobiernos Municipales, elaborados por la ASE, con el objeto de someterlo a votación del Pleno, evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.

Se expone que el artículo 53 de la misma Constitución dispone que, para dar cumplimiento a sus atribuciones en materia de revisión y fiscalización de cuentas públicas, el Congreso del Estado se apoyará en el órgano técnico denominado ASE.

El artículo 30, fracción I de la Ley de la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa, señala como atribución de esta Comisión de Fiscalización, recibir de la Auditoría Superior los informes referidos.

El artículo 30, fracción II y 54 Bis A de la Ley antes citada, disponen como facultad de esta Comisión de Fiscalización emitir el dictamen que conforme a derecho proceda y presentarlo durante el segundo periodo ordinario de sesiones a consideración del Pleno para ser discutido y en su caso, aprobado o rechazado.

En ese sentido esta Comisión asume la responsabilidad de estudiar y analizar el informe y emitir el presente dictamen con el propósito de cumplir con el marco normativo y sobre todo, satisfacer la permanente exigencia de la sociedad de transparentar el destino de los recursos públicos, en los términos siguientes.